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Economía | 15 mar 2014

Aumentos varios

Ya rigen los nuevos montos “indexados” del Monotributo

Los contribuyentes se encontrarán en el banco con sus tarifas actualizadas, el aumento está en el orden de unos 100 pesos por categoría. También se eleva de $72.000 a $200.000 (en el caso de prestación de servicios) y de $ 144.000 a $ 300.000 (en comercio) la facturación anual máxima. Estudian prorrogar los tiempos para que quienes deban, realicen su recategorización.


CAPITAL FEDERAL, Enero 04 (ANDigital) Ya desde este primer mes de 2010, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha concretado la reubicación de cada contribuyente con los montos actualizados a pagar por el Monotributo, en función de las categorías determinadas por la Ley 26.565, que está vigente desde el inicio de este año.

De este modo, y siendo que hasta el 7 de cada mes se puede abonar en tiempo y forma el Monotributo, los valores para cada categoría vendrán con los montos “indexados” de alrededor de 100 pesos.

Aún se analiza si se dará una prórroga para la recategorización que deben realizar los contribuyentes que durante el año anterior hayan registrado algún cambio en su nivel de facturación que los obligue a pasar de un escalón a otro. De todas formas, cuando se informa un cambio de categoría, la obligación de pagar el nuevo monto rige desde el mes posterior: en este caso, en febrero. Por eso, no hay obstáculo para pagar el aporte de este mes según las nuevas normas.

La AFIP tiene previsto abrir un período excepcional de cuatro meses para que puedan regresar al régimen simplificado de monotributo quienes en los últimos tiempos dieron el salto al sistema de autónomos. De acuerdo con la ley, cuando este cambio de situación fiscal ocurre, no se puede volver al monotributo por un plazo de tres años.

La reforma votada por el Congreso elevó de $72.000 a $200.000 (en el caso de prestación de servicios) y de $ 144.000 a $ 300.000 (en comercio) la facturación anual máxima para ser admitido en el monotributo.

La adecuación que ya hizo la AFIP de la situación de cada contribuyente no implica, según aclararon las fuentes del organismo, una recategorización de oficio, ya que ese trámite deberá ser cumplido por cada inscripto si su situación así lo requiere, tal como ocurre cada cuatro meses.


Una categoría menos

Por la adecuación realizada, quienes estaban hasta diciembre en el primer escalón del monotributo –que con la nueva ley desaparece–, al ir al banco a pagar encontrarán que en el sistema ya está cargada su nueva categorización, es decir que se verán en el escalón más bajo ahora existente.

Quienes estaban en esa categoría (que implicaba una facturación anual de hasta $12.000) son los monotributistas que tienen el aumento más significativo en el monto mensual a pagar, ya que es el único caso en que el componente impositivo del sistema tendrá un leve aumento: de $ 33 a $ 39. El aporte total en ese caso pasa de $ 114,75 a $ 219, es decir, 90,8% más.

Para el resto de las categorías, la ley no eleva el monto del tributo a pagar, pero sí aumentan los aportes a la seguridad social. La contribución para el régimen jubilatorio trepa de $35 a $110, y la justificación que dan desde la AFIP es que la cifra había quedado congelada en los últimos años, mientras que el haber mínimo jubilatorio que la ley les promete a los contribuyentes del sistema simplificado pasó, progresivamente, de $200 a $827.

El aporte a la obra social se eleva de $ 46,75 a $ 70. El costo de incluir a familiares en el plan de salud pasa de $39 a $70 por persona.

Por citar un ejemplo, la cuota total –el impuesto y los aportes a la seguridad social– para un comerciante que factura hasta $48.000 anuales (categoría D) sube de $199,75 a $298, un 49,2 por ciento. (ANDigital)

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