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viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3688

Economía | 8 oct 2014

Nuevo esquema

Los monotributistas deberán cambiar sus facturas

La AFIP endurece controles y pasa a solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión del tipo ‘C’ del Código de Autorización de Impresión con fecha de vencimiento. Hasta ahora, sólo se utilizaba para las de tipo ‘A’ y ‘B’ de los inscriptos en el IVA.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) El procedimiento para solicitar la impresión de facturas sufrirá modificaciones a partir de noviembre, según dispuso la AFIP, a través de dos resoluciones (RG 3665/14 y RG 3666/14).

Se trata de un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas ‘C’ del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo ‘A’ y ‘B’ de los inscriptos en el IVA.

Por otra parte, todos los responsables deberán utilizar remitos tipo ‘R’, ya que los del tipo ‘X’ subsisten únicamente para los traslados internos, dentro del mismo predio, establecimiento o parque industrial, o cuando sean emitidos por los controladores fiscales de la vieja tecnología como documento no fiscal homologado.

Asimismo, los monotributistas y exentos en IVA recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001. Los monotributistas desde el 1º de noviembre próximo, permitiéndose el uso de las facturas en existencia hasta el 31 de diciembre de 2014, y los exentos y no alcanzados a partir del 1º de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.

Para los responsables inscriptos en el IVA también hay cambios ya que desde el 1º de noviembre próximo hasta el 31 de marzo de 2015, si bien siguen con el procedimiento anterior, utilizando los puntos de venta que tenían habilitados, comienzan a confirmar o rectificar los puntos de ventas en la página de Internet de AFIP.

Según lo consignado por El Cronista, a partir del 1º de abril del año próximo, se aplica también para ellos el nuevo procedimiento, utilizando los puntos de venta que tenían habilitados, siempre y cuando los hayan confirmado y/o adecuado, aunque continúan con la numeración correlativa de sus facturas.

 

Esquema de autorización

---) El contribuyente solicita autorización para imprimir facturas.

---) AFIP autoriza y genera el CAI.

---) El contribuyente imprime la constancia del CAI en dos ejemplares, firma un ejemplar y lo entrega a la imprenta.

---) La imprenta constata la validez en el servicio “Autorización de Impresión de comprobantes” de la página de Internet de AFIP, y accede al servicio “Ingreso al trabajo de impresión”.

---) AFIP valida y otorga la constancia de confirmación.

---) La firma correspondiente imprime las facturas.

---) El contribuyente recibe las facturas impresas y la constancia de confirmación tramitada por la imprenta. Luego informa a AFIP los talonarios recibidos de esa firma, en el servicio “Autorización de Impresión de comprobantes”. El cumplimiento de este trámite es requisito para pedir un nuevo CAI.

---) Si corresponde, la imprenta informa a AFIP sobre los talonarios impresos no retirados por los adquirentes, en el servicio “Autorización de impresión de comprobantes”.

 

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