viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº3660

Economía | 7 jul 2017

Boletín Oficial

El Gobierno exime del impuesto a los débitos a las empresas de cobro electrónico

Así quedó establecido a través de un decreto rubricado por el presidente Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne. Las cuentas dedicadas a la operatoria de estos servicios ya no deberán abonar el 0,6 % del monto transferido.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) El Gobierno nacional dispuso que las empresas de cobro electrónico de impuestos ya no deberán abonar el impuesto a los débitos y créditos bancarios.

A través del decreto 485/2017, se incorporó a las actividades exentas de pagar el tributo de 0,6 % para todas las transferencias entrantes y salientes a las “cuentas y/o subcuentas, inclusive virtuales, utilizadas en forma exclusiva en la administración y operatoria de transferencias a través del uso de dispositivos de comunicación móviles y/o cualquier otro soporte electrónico, y las cuentas y/o subcuentas, inclusive virtuales, utilizadas por las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas y los agentes oficiales que se designen a los fines de cumplimentar esa tarea”.

De este modo, la medida rubricada por el presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, beneficia a firmas como Rapipago, Bapro Pagos, Pagomiscuentas.com y Pago Fácil.

Entre los considerandos del decreto, se resalta la búsqueda del “fomento de la bancarización, la eliminación de las barreras de acceso de la población a los servicios financieros y la reducción del uso del dinero en efectivo en pos del dinero electrónico”. (ANDigital)

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias