viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº3681

Interés general | 22 sep 2017

Boletín Oficial

Reglamentan la ley que permite el uso medicinal del cannabis

La normativa busca garantizar el acceso del aceite derivado de la marihuana para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación profesional.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) El Gobierno nacional publicó este viernes en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley N° 27.350 que autoriza la investigación médica y científica de la planta de cannabis y sus derivados para el uso medicinal, que el Congreso había aprobado a fines de marzo pasado.

El decreto 738/2017, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus, pone en funcionamiento el denominado “Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.

Entre los considerandos de la norma, se destaca que “resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano”.

La ley busca garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica.

Además, dispone “un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados” y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.

En ese sentido, autoriza la importación del “aceite de cáñamo” y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.

Resta consignar que la normativa otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación. (ANDigital)

CAPITAL FEDERAL (ANDigital) El Gobierno nacional publicó este viernes en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley N° 27.350 que autoriza la investigación médica y científica de la planta de cannabis y sus derivados para el uso medicinal, que el Congreso había aprobado a fines de marzo pasado.
El decreto 738/2017, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus, pone en funcionamiento el denominado “Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.
Entre los considerandos de la norma, se destaca que “resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano”.
La ley busca garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica.
Además, dispone “un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados” y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.
En ese sentido, autoriza la importación del “aceite de cáñamo” y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.
Resta consignar que la normativa otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación. (ANDigital)
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