Interés general | 7 abr 2020
Empleadores bonaerenses deberán realizar un protocolo de higiene y salud en el trabajo
Tiene como objetivo evitar contingencias en el ámbito laboral y la propagación del coronavirus en la comunidad. Los alcances.
LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) En el marco de la emergencia por la pandemia Covid-19, la cartera laboral bonaerense estableció que los empleadores deban “confeccionar, implementar y dar estricto cumplimiento, en el plazo de dos días hábiles tras la publicación en el Boletín oficial, un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo”.
Para ello, deberán determinarse los procedimientos y medidas adecuadas de higiene y seguridad en el trabajo sobre cada tarea o actividad en particular expuesta al agente de riesgo de contagio y fijarse las condiciones, recaudos y el uso de elementos de protección personal específicos que correspondan implementar en cada caso.
Cuando el protocolo no se ajuste a la normativa, en especial respecto de las indicaciones de distanciamiento interpersonal, del lavado de manos con agua y jabón en forma frecuente, de la provisión y utilización del alcohol en gel para las manos cuando se manipulen cosas a causa del trabajo, de la ventilación del lugar y la desinfección de los objetos y herramientas de uso frecuente, o incumpliera las previsiones dispuestas, “la conducta será considerada como infracción muy grave”, lo que podría incluir la suspensión de tareas.
Con el fin de proteger la salud e integridad de las y los trabajadores esta mañana se dispuso que los empleadores bonaerenses, deberán confeccionar e implementar el protocolo de "Higiene y Salud en el trabajo".
— Trabajo PBA (@TrabajoPBA) April 6, 2020
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Las medidas que así se dispongan “no afectarán de forma alguna el derecho de los trabajadores al cobro íntegro y regular de las remuneraciones, como tampoco a ningún otro derecho o garantía que los proteja y que se deriven de la relación de trabajo”.
Por último, el documento establece que el protocolo, de carácter obligatorio, deberá ser comunicado al Comité Mixto de Salud, Higiene y Seguridad en el Empleo si lo hubiere o a las asociaciones sindicales que representen a los trabajadores que presten tareas en el establecimiento en el plazo de 24 horas de confeccionado. (ANDigital)