Interés general | 9 may 2020
Detalle
Qué actividades habilita y cuáles prohíbe el decreto que extiende otros 15 días la cuarentena
A las 0 horas de este sábado fie publicado el DNU con las nuevas medidas, que Alberto Fernández anunció este viernes. Pase y vea.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) El presidente Alberto Fernández anunció este viernes que el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) seguirá durante otros 15 días, aunque la inmensa mayoría de los distritos del país entran en lo que denominaron la “Fase 4”, mientras que el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA), que registra más del 70 % de los casos de COVID-19, se mantendrá en la “Fase 3”.
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— ANDigital (@ANDigitalOK) May 9, 2020
La #cuarentena se extiende al 24/05 y @AlFerdez dijo: “No me van a torcer el brazo, voy a cuidar la salud de la gente” https://t.co/OAkNVHX6aU pic.twitter.com/uXnuEGA2Jl
Ahora bien, ¿cuáles son las nuevas actividades exceptuadas de la cuarentena y qué es lo que permanece sin poder realizarse? Todo ello quedó refrendado en el Decreto de Necesidad y Urgencia que firmó el mandatario, que saldrá publicado este sábado y que estipula lo siguiente.
Entre las actividades prohibidas, se mantiene:
---) Dictado de clases presenciales.
---) Eventos públicos y privados (sociales, culturales, recreativos,deportivos, religiosos).
---) Centros comerciales.
---) Cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes.
---) Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
---) Actividades turísticas, aperturas de parques y plazas.
---) Las fronteras continúan cerradas.
---) Los mayores de 60 años continúan dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo, así como las embarazadas y las personas en los denominados grupos de riesgo.
Por otro lado, entre las actividades habilitadas se destacan las siguientes ramas industriales, para las que no está permitido el traslado a través del transporte público:
---) Automotriz y autopartes.
---) Electrónica y electrodomésticos.
---) Textil, calzado e indumentaria.
---) Productos de tabaco.
---) Metalurgia, maquinaria y equipos.
---) Gráfica, ediciones e impresiones.
---) Madera y mueble.
---) Juguetes.
---) Laboratorios farmacéuticos.
---) Química y petroquímica.
---) Fabricación de motocicletas y bicicletas.
---) Fabricación de neumáticos.
Además, los gobernadores podrán decidir excepciones teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación, fundamentalmente en lo que tiene que ver con el comercio minorista, aunque continúan las restricciones en el AMBA y cada excepción deberá ser requerida al jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, para su evaluación y eventual aprobación. (ANDigital)