miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº3686

Municipios | 9 mar 2014

La Plata

Solicitan el cumplimiento de la ordenanza sobre el mantenimiento de las fachadas

La normativa en cuestión, autoría del concejal Oscar Vaudagna, fue aprobada en septiembre de 2008, y se declaró de interés público la “inspección obligatoria, conservación y mantenimiento de las fachadas y muros medianeros de los edificios públicos y privados que posean una altura superior a los 8 metros y tengan además una antigüedad de mas de diez años”.


LA PLATA-BUENOS AIRES, Abril 09 (ANDigital) A raíz de lo acontecido en el Hospital Rossi por la caída de un alero y dos balcones, el concejal de La Plata, Oscar Vaudagna, solicitó en la sesión realizada este miércoles, que se efectivice el cumplimiento de la ordenanza sobre el mantenimiento de las fachadas y muros medianeros.

La ordenanza en cuestión, autoría de Vaudagna, fue aprobada el 3 de septiembre de 2008, y se declaró de interés público la “inspección obligatoria, conservación y mantenimiento de las fachadas y muros medianeros de los edificios públicos y privados que posean una altura superior a los 8 metros y tengan además una antigüedad de mas de 10 años, contados a partir de la firma del Certificado de Final de Obra o de su incorporación de oficio al Catastro Municipal”.

El edil sostuvo que “los propietarios de los inmuebles, sus apoderados o en los casos de que los inmuebles están sujetos al régimen de propiedad horizontal, el administrador en su carácter de representante legal del consorcio ante las autoridades administrativas, deben presentar un informe anual sobre el estado de conservación de las fachadas y muros medianeros, y están obligados a verificar periódicamente, reparar y mantener en buen estado de conservación los mismos”.

Asimismo, “el informe tiene que ser presentado anualmente y suscripto por un profesional matriculado con la visación del colegio profesional correspondiente y la constancia del aporte previsional de la caja respectiva. El primer informe debe ser presentado ante la Dirección de Obras Particulares dentro de los 180 días corridos de reglamentada la Ordenanza quedando facultado el Departamento Ejecutivo a incorporar los edificios del Partido en forma gradual, comenzando por los de mayor antigüedad y de mayor altura”.

En tanto, el concejal aseveró que “la Dirección de Control Urbano está facultada para requerir al propietario, encargado, administrador o responsable de los edificios sujetos a verificación, la exhibición del certificado de cumplimiento reverificación técnica. En caso de incumplimiento, se labrará acta de comprobación en el cual se otorgará un plazo perentorio para la presentación del informe técnico bajo apercibimiento de labrar el acta de Infracción correspondiente”.

“Los trabajos de reparación de los deterioros indicados en el informe técnico deberán iniciarse dentro de los ciento veinte días para lo cual se solicitará el correspondiente permiso para ejecutar tareas de mantenimiento y/o reparación de fachadas”, concluyó Oscar Vaudagna. (ANDigital)

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