sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº3682

Policiales y Judiciales | 30 sep 2013

Revés judicial

Felisa Miceli cerca de afrontar un juicio oral y público

La Justicia rechazó un recurso de casación presentado por el abogado de la ex ministra de Economía, quien está procesada por los presuntos delitos de “encubrimiento” y “sustracción de documento público”, relacionados con el dinero hallado en el baño de su despacho mientras ejercía el cargo en el Palacio de Hacienda.


CAPITAL FEDERAL, Agosto 10 (ANDigital) La ex ministra de Economía, Felisa Miceli, procesada por haberse hallado dinero en un baño de su despacho cuando se desempeñaba en la cartera de Hacienda, sufrió un nuevo revés judicial que podría agravar su situación procesal y la pone cada vez más cerca de un juicio oral y público.

La Sala Segunda de la Cámara Federal rechazó un recurso de casación presentado por el abogado de la ex ministra, Eduardo Bonino Méndez, quien había planteado la inconstitucionalidad de un artículo del Código Penal que castiga, justamente, las conductas que se le imputan a Miceli.

Miceli está procesada por los presuntos delitos de “encubrimiento” y “sustracción de documento público” relacionados con el dinero hallado en el baño de su despacho, pero además -y como derivación de esa causa- es investigada por el presunto delito de “enriquecimiento ilícito”.

En ese contexto, su abogado había intentado llegar hasta el máximo tribunal penal, la Cámara de Casación, con un reclamo de inconstitucionalidad del artículo 268 (2) del Código Penal, que establece “reclusión o prisión de dos a seis años, multa del 50% al 100% del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta perpetua” para funcionarios públicos.

La figura alcanza a quien “al ser debidamente requerido, no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño”.

De acuerdo a lo consignado por DyN, los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah entendieron que “el planteo realizado en esta incidencia excede el marco de este proceso y, eventualmente, debe ser materializado ante el juez a que toque intervenir en la investigación separada e independiente cuya formación ha propiciado el fiscal, vinculada al delito de enriquecimiento ilícito”.

De tal forma, traspasaron a la otra investigación la validez o no del artículo del Código Penal, y despejaron un eventual obstáculo que podría demorar el juicio oral y público. (ANDigital)

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