jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº3687

Policiales y Judiciales | 21 mar 2014

Importante fallo

Condenaron a empresa a indemnizar a embarazada despedida en período de prueba

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó a una empresa porteña a indemnizar a la embarazada, porque se consideró que actuó de “mala fe” contractual y “no hubo justificación” de razones en el despido.


CAPITAL FEDERAL, Noviembre 20 (ANDigital) Una empresa con sede en la ciudad de Buenos Aires fue condenada a indemnizar a una embarazada que fue despedida aunque el hecho ocurrió durante el periodo de prueba, informaron hoy fuentes vinculadas a la causa.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo afirmó que, como la empresa conocía el estado de gravidez de la empleada, debió exponer las razones objetivas que motivaron el despido, según un fallo conocido este jueves.

Según consta en la sentencia, la firma Diffupar S.A. había despedido a la trabajadora (identificada por las iniciales de su nombre, M.A.J.), argumentando que se hallaba en período de prueba.

Ese lapso “le brinda al empleador la posibilidad de evaluar la calidad y mérito de las tareas prestadas” y “resolver el vínculo laboral en forma unilateral y sin expresión de la causa”, pero en este caso “debió poner de manifiesto las razones objetivas” que motivaron el despido de la embarazada, señala el fallo.

La Cámara sostuvo que, al proceder como lo hizo, la patronal incumplió con el deber de buena fe contractual, establecido por la ley laboral vigente.

“Se encuentra en juego una garantía de rango constitucional, como lo es la tutela de la mujer embarazada” y normas internacionales, “fundamentalmente la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer”, agregó el tribunal de segunda instancia.

“Frente a un derecho de tal rango y nivel de garantía”, la empresa “se ha limitado en este caso” a esgrimir que la demandante “se encontraba en periodo de prueba y que había sido despedida en el curso del mismo, sin dar razón objetiva alguna que avale tal decisión”, fundamenta el fallo.

Según las fuentes consultadas, reproducidas por la agencia estatal Télam, la empresa conocía la situación de la trabajadora porque días antes de notificarle el despido -a fines de octubre de 2006- la había citado para que concurra a un centro médico a efectuarse una serie de exámenes clínicos, que luego no se concretaron. (ANDigital - Télam)

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