martes 19 de marzo de 2024 - Edición Nº3650

Policiales y Judiciales | 17 feb 2018

Se sienta jurisprudencia

Establecen que calumniar e injuriar en redes sociales constituye un delito punible

En un fallo sin precedentes, la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por los agravios que le profirió a un hombre a través de una serie de tuits.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) En una fallo sin precedentes, la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por “calumniar e injuriar” a un hombre a través de las redes sociales.

El fallo fijó un precedente para los casos de agravios entre particulares en las redes sociales, que hasta el momento no eran tipificados como un delito y estaban exentos de castigo penal y económico.

La causa judicial se había iniciado el 3 de mayo del año pasado con la presentación de una querella por parte de Marcelo Frydlewskym, quien se sintió “agraviado” a raíz de una serie de tuits publicados por Mónica Lang.

Vale mencionar que el delito por calumnias e injurias está tipificado en los artículo 109 y 110 del Código Penal, pero nunca había sido aplicado en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales. (ANDigital)

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