viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3688

Policiales y Judiciales | 3 sep 2019

Ejemplar

La Justicia limitó las fumigaciones con plaguicidas en Pergamino

Un fallo dispuso que la práctica aérea deberá realizarse a 3 km de la población urbana. En cuanto a la actividad terrestre, se deberá mantener más de un 1 km de distancia.


PERGAMINO-BUENOS AIRES (ANDigital) La Justicia determinó este lunes que las fumigaciones aéreas con plaguicidas en Pergamino deben conservar una distancia de 3 mil metros entre el límite del terreno de cultivo y la planta urbana, diferencia que deberá ser de 1.095 metros en el caso de aplicaciones terrestres.

Así lo dispuso el juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, a través de un fallo que contempla el “no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos”.

A su vez, el magistrado suspendió “provisionalmente” las “autorizaciones de aplicaciones para futuras fumigaciones y pulverizaciones en la totalidad de la ciudad” cuando no se respeten los límites demarcados.

Los plaguicidas que no podrán utilizarse conforme a la resolución de Villafuerte Ruzo a la que accedió Télam son Atrazina, Triticonazol, Metolaclor, Acetoclor, Clorpirifos, Glifosato, Imidacloprid, Desetil, 2.4D; y los siguientes formulados comerciales RoundUp Full II, RoundUp Max II y RoundUpUltramax.

La investigación judicial se había iniciado a partir de la presentación de dos querellantes, Sabrina del Valle Ortiz y Florencia Morales, quienes solicitaron al juez la ampliación de una medida para dispersar el riesgo de daño para los habitantes Pergamino.

Para argumentar su posición, exhibieron estudios de genotóxicidad que constaban el “daño en los organismos de las personas” (ANDigital).

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