viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº3681

Política | 11 may 2018

Legislatura bonaerense

El Senado sancionó modificaciones en el jury de enjuiciamiento de magistrados

Entre los cambiamos aprobados, la iniciaitva establece la permanencia del presidente del jurado desde la denuncia o requerimiento hasta la finalización del proceso.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) El Senado bonaerense votó por mayoría simple los cambios propuestos por el Ejecutivo provincial a la normativa de jury, que tiene como finalidad redefinir determinados artículos vinculados a la duración de los procesos, a fin de achicar los tiempos del juicio.

La iniciativa busca establecer la permanencia del presidente del Jurado desde la denuncia o requerimiento hasta la finalización del proceso, ya que actualmente puede cambiar en medio del enjuiciamiento.

En el marco de la sesión, el senador de Cambiemos, Juan Pablo Allan, mostró su satisfacción por considerarse parte de “quienes protagonizaremos el mayor cambio normativo en materia de justicia de los últimos 30 años, por lo tanto nuestra responsabilidad es enorme”.

Explicó, en esa línea, que la experiencia enseña que remover “los agentes tóxicos de la justicia no ha sido tarea sencilla; hoy, con la actual ley a aquellos juzgados los coloca en un nivel de incertidumbre que no es saludable”.

A la vez, recordó que desde 2016 se batieron récord de apartamiento de jueces y fiscales, “pero no es suficiente, necesitamos que el instrumento legal nos ayude”.

“Es un instrumento que va a permitir en tiempos más prudenciales facilitar el reencuentro de la justicia con los bonaerenses”, afirmó.

En tanto, Teresa García, de Unidad Ciudadana, se mostró en desacuerdo con que el titular del jurado sea el mismo durante todo el proceso, situación que consideró inconstitucional, “porque no garantiza la rotación de los jueces”.

Al finalizar, el titular de la bancada oficialista, Roberto Costa, señaló que “hay cuestiones taxativas constitucionales que van de lleno contra la reforma del artículo que proponemos de evitar la rotación en aquel que inicia un proceso, pero también nuestra Constitución nos pide celeridad en los juicios”. (ANDigital)

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