jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº3687

Política | 23 dic 2019

Boletín Oficial

Rige la Ley de Emergencia Económica

El Gobierno promulgó la norma de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Sólo un artículo vetó el presidente Alberto Fernández, en pos de mejorar las inversiones de Vaca Muerta.


CAPITAL FEDERAL (ANDigital) El Gobierno nacional promulgó este lunes la Ley de Emergencia Económica que se sancionó la semana pasada en el Congreso.

Tras el tratamiento exprés que le imprimió el parlamento, la norma entró en vigencia en horas de la tarde, pese a que se esperaba la publicación en el Boletín Oficial a primera hora de la mañana.

De esta manera, rige el impuesto del 30 % a la compra de dólares para atesoramiento y compras con tarjeta de crédito en el exterior.

En tanto, continuará el límite de 200 dólares mensuales para ahorristas o turistas que deseen comprar moneda extranjera.

También entraron en vigencia las nuevas variables de retenciones para el agro, y las facultades que adquiere el Poder Ejecutivo a fin de afrontar la crisis económica.

Respecto a las cargas sociales, se suspende la movilidad jubilatoria por 180 días, con excepción para docentes, científicos y quienes cuentan con regímenes especiales. Tal es el caso de excombatientes de Malvinas y personal del servicio exterior de la Nación.

Sobre los haberes jubilatorios, se conformará una comisión especial, con integrantes del poder Ejecutivo, Legislativo y organizaciones dedicadas a la seguridad social, para analizar una fórmula que reemplazará la de la ley vigente.

Además, la ley instrumenta dos bonos de $ 5 mil a pagarse el 27 de diciembre y en enero para quienes perciben el haber mínimo. Los beneficiarios de AUH recibirán un bono de $ 2 mil.

Un veto para favorecer a Vaca Muerta

En el marco de la promulgación de la norma, el jefe de Estado aplicó un veto a un inciso del artículo 52 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que contradecía los preceptos de la Ley de Hidrocarburos.

“Obsérvase en el artículo 52 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.541 la frase que dice ‘En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras’”, reza el decreto que promulgó la ley. (ANDigital)

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