Interés general | 31 ene 2020
Por cualquier vía
Documentación necesaria para viajar con tu mascota a la Unión Europea
Si tenés pensado visitar el Viejo Continente con tu perro o gato, deberás contar con el Certificado Veterinario Internacional (CVI) que emite el Senasa. Los detalles.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) realiza la certificación sanitaria de los gatos y/o perros que viajen con sus dueños al exterior por cualquier vía –aérea, terrestre o acuática–.
Para obtener el CVI en primer lugar los usuarios deben consultar los requisitos que solicita la Unión Europea a través de la página web del Senasa.
Requisitos para viajar con perros y gatos:
---) Certificado de Salud (ejemplar original).
---) Certificado de Vacunación Antirrábica (ejemplar original y una fotocopia).
---) Constancia de la identificación del animal (ejemplar original y una fotocopia).
---) Declaración escrita confeccionada por propietario / persona designada (Ejemplar original y una fotocopia –parte 1 y parte 3 del Reglamento de Ejecución [UE] N° 577/2013–).
---) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad / Pasaporte del propietario, responsable o persona que viaje con el animal.
Sólo para perros, como requisito adicional si se viaja a Finlandia, Reino Unido, Irlanda, Malta o Noruega:
---) Constancia de tratamiento contra Echinococcus multilocularis (Ejemplar original y una fotocopia).
---) Declaración (Ejemplar original y una fotocopia).
La Unión Europea solicita que, tanto para perros como para gatos, deben estar identificado por un implante electrónico, mediante el uso de microchips o tatuaje.
“Deben ser compatibles con las Normas ISO Nº 11784 o 11785 y en caso de tatuaje deberá ser claramente visible y haberse colocado antes del 3 de julio de 2011. La implantación del microchip la realiza el veterinario privado matriculado”, sostuvo Miriam Suárez de la Dirección de Comercio Exterior Animal.
Y acotó que “es importante recalcar que la fecha de aplicación de la vacuna antirrábica debe ser posterior a la fecha de implantación del microchip o tatuaje”.
Después, los usuarios deben dirigirse a su profesional veterinario privado y solicitar la documentación detallada anteriormente. La misma debe ser presentada en el Senasa, trámite que puede iniciarse por autogestión (indicar el destino, los datos del dueño y de la mascota y sacar un turno –con fecha y hora– para finalizar el trámite con la emisión del CVI) o completamente de manera presencial en las oficinas certificantes del organismo en todo el país.
En la actualidad se puede finalizar el trámite iniciado por autogestión en las siguientes ubicaciones: la oficina del Lazareto Capital, el Aeroparque Jorge Newbery (también sábados por la mañana), la Terminal portuaria de Buquebús (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), los aeropuertos de San Fernando y El Palomar de la provincia de Buenos Aires, y las oficinas del Senasa en las provincias de Córdoba y Santa Fe.
Para tener en cuenta al viajar hacia la UE
- El propietario debe concurrir a la oficina certificante del Senasa con el perro o gato, dado que se debe verificar el microchip.
- El CVI debe tramitarse en la oficina del Senasa 10 días antes del viaje.
- El CVI otorgado por el Senasa tiene una vigencia de 60 días, solo para amparar el retorno del animal hacia la Argentina, siempre que conserve vigencia la vacunación contra rabia y el buen estado de salud del animal.
Para obtener más información los interesados pueden contactarse con la Mesa de Ayuda para mascotas a través del teléfono (011) 4121 – 5000 o consultar el trámite en la página web del Senasa. (ANDigital)