martes 23 de abril de 2024 - Edición Nº3685

Municipios | 26 ago 2021

Concejo Deliberante

Aprueban exención impositiva por diez años para empresas que se instalen en La Plata

El objetivo es potenciar el empleo genuino y atraer nuevas inversiones. “El mejor impuesto municipal hoy es trabajar y crear más trabajo”, resumió el intendente Garro.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) El Concejo Deliberante de La Plata aprobó la ordenanza, impulsada por el intendente Julio Garro, que busca promover la llegada de inversiones y la generación de nuevos puestos de empleo en la ciudad.

La propuesta proyecta lineamientos de trabajo de cara a la pospandemia, previendo un paquete de medidas de alivio fiscal y beneficios económicos que permitan potenciar el empleo genuino y atraer nuevas inversiones.

En ese contexto, se eximirá del pago de tasas municipales por un período de hasta diez años a las empresas e industrias que vengan a radicarse a la ciudad.

“Es muy importante generar esperanza para la pospandemia, y creemos que facilitar la llegada de inversiones se traducirá en mayor actividad económica, desarrollo y más generación de empleo genuino”, afirmó Garro.

A su vez, remarcó que “Tenemos que hacer todo lo posible para recuperar los empleos perdidos en la pandemia, por eso hemos dispuesto tomar esta medida pionera en el país, porque queremos impulsar la generación de empleo y que cada vez más platenses cuenten con un trabajo de calidad. El mejor impuesto municipal hoy es trabajar y crear más trabajo”.

A partir de esta iniciativa, el Municipio creará el Régimen de Eximición Tributaria para la Inversión Privada. El mismo se aplicará a las nuevas inversiones que deseen instalarse en el Partido de La Plata y que encuadren en las condiciones establecidas en la normativa.

De este modo, se eximirán total o parcialmente hasta por diez años las Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene; Servicios Urbanos Municipales; Publicidad y Propaganda; Derechos de Construcción;Tasa por Habilitación; Derechos de Oficina; y otros tributos específicos según el caso lo requiera.

Serán beneficiarias personas físicas o jurídicas que realicen proyectos de inversión en los siguientes rubros: tecnología de la información y el conocimiento; energías renovables y sus proveedores; biotecnología y sus proveedores; diseño e industria creativa; industria turística; instrumental médicos; farmacéutico; alimenticio; bebidas; agrícola ganadero.

De igual modo, alcanzará a los rubros de cuero, calzado y marroquinería; químico y petroquímico; autopartistas; automotriz; textil e indumentaria; sidero metalúrgico; metal mecánica; servicios en general; proveedores de la industria ferroviaria; y proveedores de empresas de servicios de agua y saneamiento. La medida también comprenderá a cualquier otra actividad considerada estratégica por el Departamento Ejecutivo.

Resta mencionar que el beneficio tendrá un máximo de diez años y un mínimo de dos, dependiendo del análisis de las variables: agregación de valor; utilización de insumos locales; intensidad de mano de obra; investigación y desarrollo; competencia local; sustentabilidad ambiental del proceso productivo; y locación estratégica. (ANDigital)

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