

En el marco del paro nacional y la movilización de la CGT este miércoles 24 de enero, la Justicia le ordenó a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que deberá abstenerse de filmar o requisar a manifestantes.
Una resolución del juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, estableció que ninguna de las fuerzas de seguridad puede al momento de trasladar por cualquier medio de trasporte público o privado detener un transporte sin motivo; demorar sin motivo; filmar a los manifestantes; interceptar a las personas con el fin de identificarlos; y requisar tus pertenencias sin orden judicial previa.
⚠️ INFORMACIÓN IMPORTANTE ⚠️
— cgtoficial (@cgtoficialok) January 23, 2024
✅ De acuerdo a lo resuelto por el Juez Federal Ernesto Kreplak el 23/1 /2024 en la causa " HABEAS CORPUS . SOLICITANTE GAMBETTI YANINA Y OTROS " , es importante que sepas
✅Que en el marco del paro nacional y la movilización de la CGT del 24 de… pic.twitter.com/vaO5xzGWfb
El pronunciamiento del magistrado que regirá en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, contempló el hábeas corpus presentado por un grupo de ciudadanos bonaerenses, quienes plantearon una queja por las requisas llevadas a cabo en una de las primeras manifestaciones contra el gobierno de Javier Milei.
“La eventual intervención de las fuerzas de seguridad llevando a cabo procedimientos como los descriptos -esto es, la filmación y/o interceptación de personas con el fin de identificarlas y/o requisarlas, sin orden judicial previa, por el sólo hecho de presumir que van a participar de una movilización social- implicaría un cercenamiento ilegítimo de la libertad ambulatoria, además de la afectación de otros derechos de raigambre constitucional”, argumentó Kreplak.
En esa línea, puso de manifestó que “las irregularidades se verían aún más agravadas si la intervención policial que incluya requisas no se plasmara en las actas pertinentes para su posterior control jurisdiccional”.