sábado 03 de mayo de 2025 - Edición Nº4060

Policiales y Judiciales | 2 jul 2024

Asesinó a su novio

La Corte Suprema ratificó la condena a perpetua de Nahir Galarza

El máximo tribunal desestimó un recurso planeado por la defensa y la pena quedó firme. En diciembre de 2017, la joven ultimó de dos disparos a su pareja, Fernando Pastorizzo.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este martes un planteo de Nahir Galarza y, de esta manera, quedó firme su condena a prisión perpetua por el homicidio de Fernando Gabriel Pastorizzo, ocurrido el 29 de diciembre de 2017 en Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos.

El pronunciamiento del máximo tribunal se dio a raíz de un recurso de queja presentado por la defensa. Sin embargo, los magistrados Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti desestimaron el planteo

Galarza enfrenta una condena por homicidio calificado, al tratarse de una persona con quien mantenía o había mantenido relación de pareja.

En la causa se acreditó que Galarza y Pastorizzo circulaban en un ciclomotor conducido por el joven, cuando la mujer extrajo de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm y disparó contra Pastorizzo por la espalda, provocando que la víctima cayera al piso y, en esa posición, y ya de frente, efectuó un segundo disparo.

 “Hubo claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo, porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después”, cotejó la Justicia.

El 24 de julio de 2018, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas de Ibicuy condenó a Galarza como autora del delito de homicidio calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido una relación de pareja.

En aquel momento, el tribunal descartó la hipótesis de la defensa que proponía un homicidio culposo y la existencia de una situación de violencia de género entre Pastorizzo y Galarza que justificara una culpabilidad disminuida en los términos del artículo 80, último párrafo, del Código Penal.

Casi un año después, el 3 de julio de 2019, la Cámara de Casación de Concordia, provincia de Entre Ríos, confirmó la condena. La defensa apeló esa decisión y el 4 de marzo de 2020 la Sala 1° en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos no hizo lugar al planteo.

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