Economía | 2 ene 2025
Billeteras virtuales
Cuáles son los nuevos montos de movimientos que deberán informar los bancos
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer el umbral de importes en distintas operaciones que deberán ser reportados, para constatar el origen de los fondos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó este jueves los montos de importes requeridos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar las transferencias, transacciones, saldos y consumos realizados por sus clientes.
En efecto, las entidades financieras, billeteras virtuales y otras plataformas deberán reportar cuando superen los umbrales en los casos de operaciones por $ 600 mil; ingresos o egresos por $1 millón y saldos finales en cuentas por $ 2 millones.
A partir de esos montos, el organismo recaudador está en condiciones de solicitar a los contribuyentes la documentación que acredite el origen de los fondos, a fin de constatar que provengan de actividades legítimas y declaradas.
Desde enero las operaciones sujetas a información serán de $ 600.000 (consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país e ingresos o egresos totales en billeteras virtuales); $ 1.000.000 (acreditaciones bancarias totales registradas en un mes, depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes, extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos o cualquier otro medio) tanto en el país como en el exterior, saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil de cada mes); y $ 2.000.000 (transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto).