viernes 23 de mayo de 2025 - Edición Nº4080

Política | 21 may 2025

Boletín Oficial

Por decreto, Milei amplía actividades esenciales y restringe el derecho a huelga

El Gobierno estableció que en sectores como la educación en todos sus niveles, transporte aerocomercial y servicios aduaneros, se deba garantizar al menos el 50 % de su funcionamiento en conflictos laborales.


El presidente Javier Milei firmó este miércoles un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que instrumenta una serie de restricciones sobre el derecho de huelga al avanzar con la esencialidad de distintas actividades.

La normativa amplía la lista de actividades consideradas “servicios esenciales”, y obliga a mantener entre el 50 % y el 75 % de las prestaciones durante conflictos laborales.

A saber, el DNU 340/2025 publicado en el Boletín Oficial incorpora como servicios esenciales a los sectores de la educación en todos sus niveles (desde guarderías hasta secundaria y educación especial); transporte aerocomercial, marítimo y fluvial de personas y cargas; y servicios aduaneros y migratorios.

También están contemplados los rubros producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles; servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales; servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos.

Asimismo, crea la categoría de “actividades de importancia trascendental”, que comprende a otros sectores como la industria alimenticia, la producción de materiales de construcción, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor, entre otros.

Servicios esenciales:

---) Servicios sanitarios y hospitalarios, transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;

---) Producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;

---) Servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;

---) Aeronáutica comercial y control de tráfico aéreo y portuario: incluye balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;

---) Servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;

---) Cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial;

---) Transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

Actividades de importancia trascendental:

---) Producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios;

---) Transporte terrestre y subterráneo de personas y/o mercaderías a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin;

---) Servicios de radio y televisión;

---) Actividades industriales continuas, incluyendo siderurgia y producción de aluminio, actividad química y la actividad cementera;

---) Industria alimenticia en toda su cadena de valor;

---) Producción y distribución de materiales de la construcción, servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, servicios logísticos, actividad minera, actividad frigorífica, correos, distribución y comercialización de alimentos y bebidas, actividad agropecuaria y su cadena de valor;

---) Servicios bancarios, financieros, servicios hoteleros y gastronómicos y el comercio electrónico;

---) Producción de bienes y/o servicios de toda actividad que estuvieran afectados a compromisos de exportación.

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