

La Justicia suspendió este lunes los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025 firmado por el presidente Javier Milei que limitaba el derecho a huelga.
A mediados de mayo, el Gobierno nacional había ampliado la lista de actividades consideradas esenciales, estableciendo servicios mínimos obligatorios del 75 % en sectores como salud, educación, transporte y telecomunicaciones. De esta manera, se fijaba el mínimo de presencialidad en eventuales conflictos laborales.
Sin embargo, la magistrada del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 3, Moira Fullana, hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT).
👉🏼 LA JUSTICIA SUSPENDIÓ EL DNU DEL PODER EJECUTIVO QUE LIMITABA EL DERECHO A HUELGA pic.twitter.com/L9BndQmf0E
— CGT (@cgtoficialok) June 2, 2025
En efecto, convalidó la presentación de la central obrera para que se decrete la inconstitucionalidad de los artículos que “cercenaban el derecho a la huelga”.
Según los fundamentos de la CGT, el DNU de Milei “viola derechos constitucionales y convenios internacionales”, a la vez que “pone de relieve la nueva avanzada del Gobierno a espaldas de los argentinos”.
Además, el fallo judicial también reafirmó la competencia del fuero laboral para tratar el caso y echar por tierra la alternativa de trasladarlo al fuero contencioso administrativo.