

La Comisión del Jurado de Enjuiciamiento aceptó por unanimidad la admisibilidad de la acusación contra la jueza Julieta Makintach, al considerar que hubo un delito que se puede investigar.
La controversia se desató luego de que su nombre se vinculara al documental “Justicia Divina”, siguiendo las alternativas del juicio por la muerte de Diego Maradona, lo que motivó la anulación de todo el proceso oral y público.
Con esta decisión, el cuerpo que preside Ulises Giménez determinó la suspensión de la magistrada, por lo que no podrá renunciar y a partir de ahora pasará a cobrar el 40 por ciento de su sueldo.
Previamente, el jurado rechazó los tres planteos que había hecho la defensa de Makintach para tratar de suspender la audiencia de este martes.
Entre los planteos estaba la recusación a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Hilda Kogan, por “falta de imparcialidad” y además, había anticipado que iría al Máximo Tribunal de la Nación.
“No se respetó el procedimiento de designación ni los plazos estipulados para reemplazarla, lo que genera una nulidad absoluta del proceso” y afecta la garantía del “juez natural”, lo cual podría causar un “perjuicio irreparable”, esgrimió -en vano- la defensa.
En el tercer y último recurso, Makintach sostenía que el juicio en su contra era parcial mientras no se sumaran los otros dos jueces que conformaban el tribunal en ese momento: Maximiliano Savarino y Verónica Mara Di Tomasso.
En su defensa, la jueza había afirmado que el “registro audiovisual cuestionado” no fue clandestino y era conocido por todos los miembros del órgano.
En sus argumentos, la jueza reiteró que las imputaciones en su contra son infundadas. Asegura que no intervino en ningún documental sobre el caso, sino que brindó una entrevista antes del juicio, en un día no laborable.
También insiste en que las decisiones del tribunal fueron tomadas en forma colegiada, por lo que no corresponde individualizar responsabilidades en un solo magistrado.