miércoles 08 de octubre de 2025 - Edición Nº4218

Política | 8 oct 2025

De Playboy a la boleta

Otra portada para Karen Reichardt: encabezará la lista libertaria

El juez con competencia electoral, Alejo Ramos Padilla, denegó el pedido oficialista para que Diego Santilli reemplace en la papeleta al renunciante José Luis Espert.


El juez federal Alejo Ramos Padilla rechazó este miércoles que Diego Santilli encabece la lista de La Libertad Avanza, en reemplazo del renunciante José Luis Espert.

En el mismo fallo, estableció que sea Karina Celia Vázquez (reconocida como Karen Reichardt) la primera candidata en la boleta única para los comicios legislativos del 26 de octubre, ya que era la que le seguía al legislador jaqueado por el narcofinanciamiento.

Asimismo, el magistrado le aceptó la renuncia a Espert, pero también a Lucía Elizabeth Benardoni (que iba en el puesto 34) y a María Gabriela Gobea (suplente número 5), que el Gobierno había pedido bajar para que quedara ordenada la paridad de género si Santilli iba primero en la lista.

En concreto, declaró inconstitucional la aplicación del artículo 7 del Decreto 171/19 para el reemplazo del primer candidato titular de la lista, en el que se basó la representación legal de LLA para exigir que Santilli reemplazara a Espert.

“Resuelvo no hacer lugar a los corrimientos solicitados por la alianza La Libertad Avanza”, sostuvo Ramos Padilla y anexó a la resolución cómo debería quedar el listado, con Reichardt primera y Santilli de escolta.

Entre sus justificativos, citados por el diario La Nación, Ramos Padilla señaló que a través de la Ley 27.412 se definió que haya paridad de género en los ámbitos de representación política, pero planteó que “ninguna ley establece el modo en que deben sustanciarse los reemplazos de los candidatos ya oficializados en caso de renuncia, fallecimiento, incapacidad permanente, entre otras”, por lo que existe un vacío legal. Y sostuvo que el decreto al que hizo referencia LLA para pedir el cambio de candidatura fue regulada por un reglamento del Poder Ejecutivo y no por una ley del Congreso.

Recuerda, además, que en un caso anterior la Corte Suprema y la Cámara Nacional Electoral declararon la “inconstitucionalidad” de la aplicación de ese decreto para definir el reemplazo.

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