En medio de las recientes versiones en torno a la causa contra el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, iniciada tras la denuncia de Melody Rakauskas, se confirmó que la Corte Suprema aún no se expidió sobre el fondo de la cuestión.
Es decir, se trató de una opinión meramente procesal. Según averiguaciones de este medio, la Corte eligió no meterse en el fondo de la cuestión, por lo que no tuvo en cuenta que el Estado argentino desistió en una triple instancia de acusar al intendente de La Matanza por “falta de pruebas” y por “falta de credibilidad de la denunciante” avalada por sus antecedentes. En una primera instancia, el fiscal Leonel Gómez Barbella había pedido el sobreseimiento.
Luego, con extensas consideraciones y habiendo profundizado las investigaciones, la fiscal Mónica Cuñarro volvió a pedir que Espinoza fuera sobreseído. Posteriormente, el fiscal de la Cámara Nacional de Apelaciones, Mauricio Agustín Viera, decidió convalidar los pedidos de ambos fiscales y tampoco vio motivos para sostener una acusación. Además, la fiscalía del Tribunal designado ya anticipó que no acusará y que su intervención en el debate será solo a los efectos de los procedimientos.
Entre las partes no tratadas por la Corte Suprema están las consideraciones de los tres representantes del Ministerio Público Fiscal, que fueron sosteniendo a lo largo del proceso, tal como puede comprobarse en el expediente, entre otras cosas las siguientes conclusiones:
- “Los dichos de la denunciante se encuentran significativamente cuestionados. En efecto, no existe ningún elemento que los sustente más que sus afirmaciones. Por el contrario, los elementos incorporados permiten suponer:
-Existe un patrón de conducta en la denunciante consistente en relacionarse con hombres, generar simulacros de situaciones a las que disfraza de “comprometedoras”, grabarlas y luego exigirles algún tipo de beneficio. Sobre esto, pueden escucharse audios aportados por la defensa en los que se la escucha a Rakauskas relatando precisamente este tipo de operatoria.
- Es muy extraña la propia actitud de la denunciante en este sumario. En efecto, radicó la denuncia sin instar la acción y a partir de allí -conforme se observa en los propios mensajes aportados por ella- intentó iniciar una negociación con el aquí imputado para dejar sin efecto la misma hasta que finalmente tras un año y medio decidió instar la acción.
- En esos mensajes, puede apreciarse también que la iniciativa de la negocación sería de la denunciante y no al revés, pues es ella sola quien exige una reunión con Espinoza para resolver el tema.
- La negativa por parte de la denunciante de aportar sus dispositivos no es otra que la de evitar de que la Fiscalía tuviera acceso a archivos (posiblemente conversaciones o incluso alguna de sus grabaciones) que perjudicaran su versión. En efecto no es lógico que, ante la compulsión de la denunciante de grabar absolutamente todas sus interacciones, justo no tuviera la del día del hecho. Por otro lado, se puede observar que ha manipulado la prueba de manera tal de evitar elementos que pudieran perjudicarla.
- La denunciante se ha negado sistemáticamente a someterse a un peritaje psicológico psiquiátrico ya que, conocedora de su historia, entiende que un abordaje serio y completo, comprometería su versión de los hechos. Al punto tal de que se ha cuidado de no ser examinada en ningún contexto o ámbito en el que no pudiera manejar la situación. Por ello se negó a las pericias dispuestas en este expediente, como la ordenada por el Juzgado Civil Nro. 7.
- Que Rakauskas no solo incurre en contradicciones en este expediente, sino con relación a otros que, inexorablemente, deben formar parte del análisis. En efecto, no puede coexistir en una misma persona la niñez hermosa, feliz, rodeada de su familia y consentida, a la que hizo referencia en esta causa con la violencia física y verbal que por los últimos 27 años le atribuyó a su madre en otro expediente o con un presunto intento de homicidio por parte de su abuelo.
- En segundo término, debe observase que, de las denuncias realizadas, emergen ciertos factores comunes. En efecto, tanto al denunciar a su madre y a su abuelo
- Estas circunstancias hacen que no pueda depositarse confianza en la veracidad de su relato, las emociones extremas y contradictorias, sin justificación aparente, redundan sobre la capacidad probatoria de aquel único testimonio y relativizan su capacidad de probar los hechos a los que se refiere.