El Gobierno nacional derogó este martes la normativa que regulaba los topes de aranceles de las escuelas privadas.
El Decreto 787/2025 publicado en el Boletín Oficial, dejó sin efecto el decreto que regulaba desde 1993 los aranceles, matrículas y cuotas de los establecimientos educativos privados de gestión privada.
A partir de esta medida, los colegios privados que no reciben aportes estatales podrán fijar libremente sus cuotas y matrículas sin necesidad de autorización previa del Estado nacional, ni obligación de anticipar aumentos al Gobierno.
Según el Ejecutivo, la normativa anterior “limitaba la capacidad de adaptación de los institutos de enseñanza privada a las realidades educativas y económicas del país”.
La medida comprende únicamente los colegios privados de gestión privada que no reciben subsidios estatales -aproximadamente el 6 % del total de establecimientos-.
Por el contrario, las instituciones que sí reciben aportes estatales deberán seguir reguladas por los sistemas provinciales o los marcos vigentes.
En la provincia de Buenos Aires, la Dirección General de Cultura y Educación aclaró que las instituciones educativas privadas con aporte estatal, que constituyen más del 70 % en la provincia de Buenos Aires, continuarán con sus topes arancelarios, sujetos a supervisión y autorización.
En el caso de las instituciones sin aporte estatal, el nuevo Decreto nacional los exime de la regulación anterior, que consistía en la obligación de informar a autoridades y familias, hacia el mes de octubre sobre matrícula, monto de aranceles y cantidad de cuotas, que regirían el año siguiente.