El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 ordenó “disponer el decomiso de los bienes” de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la Causa Vialidad, medida que también exigió para Lázaro Báez.
“Previa tasación (...) a los fines de satisfacer la pena de decomiso de los efectos del delito que fuera impuesta en la presente causa, consistente en la suma dineraria que al día de hoy asciende a la suma de $ 684.990.350.139,86”, reza la resolución, que también alcanza a Máximo y Florencia Kirchner, hijos de la líder opositora.
Del mismo modo, la Justicia pidió el decomiso de bienes de Nelson Guillermo Periotti, José Francisco López, Mauricio Collareda, Raúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich.
El decomiso que resolvió el Tribunal que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso incluye los inmuebles de Austral Construcciones S.A, Kank y Costilla S.A, Gotti Hermanos S.A, Loscalzo y Del Curto S.R.L.
Los inmuebles en cuestión fueron adquiridos por los condenados en mayo de 2003 y diciembre de 2015. Esas fechas, según la Justicia, son relevante a la hora de investigar la maniobra delictiva.
La medida del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 ocurre tras el pedido de la fiscalía de realizar la ejecución inmediata del decomiso, luego de que venciera el plazo de 10 días hábiles para que los condenados depositaran el monto solidario que determinó la sentencia en la Causa Vialidad.
A finales de octubre, Diego Luciani, el fiscal de la causa, había expresado que “el decomiso está firme. Lo único que hay que hacer es ejecutar. Tenemos un decomiso de una suma de dinero de más de 500 millones de dólares. Se intimó a las partes para que paguen, no pagaron. Esto es algo muy claro: hay que ir por los bienes”.
Los jueces del caso sostuvieron en el escrito que el decomiso “se inscribe en la tradición histórica del sistema penal argentino, orientada primordialmente a impedir que el delito comprobado rinda beneficios y a neutralizar los efectos patrimoniales de la conducta ilícita”.
Y agregaron que los bienes decomisados se utilizan como “función reparadora del daño social causado, así como en cumplimiento de la política pública de recuperación de activos de la corrupción”.
Por último, el TOF 2 se refirió a los bienes que están bajo el poder de personas no condenadas en la Causa Vialidad, como Máximo y Florencia Kirchner: “El decomiso únicamente comprenderá los casos de personas jurídicas beneficiadas por el producto o el provecho del delito, así como de terceros que los hubieren recibido a título gratuito”.