Desde la ONG Nuevo Ambiente denunciaron que se abrió otro capítulo en la “degradación” de la Isla Santiago en Ensenada, además de dar cuenta del incumplimiento del fallo judicial ante “obras ilegales de asfaltado, colocación de luces de alta potencia LED, loteos y construcciones” en el paisaje protegido.
“El municipio de Ensenada llevó adelante obras de infraestructura urbana en sectores de la Isla Santiago, sumándose a ello construcciones, loteos y nuevos muelles náuticos, destacándose uno de gran proporciones ubicado en la costa externa a la isla que linda con el Río de la Plata”, expusieron los activistas.

Del mismo modo, advirtieron que “estas obras públicas carecen de los estudios de impacto ambiental exigidos en la Ley General del Ambiente 25.675, Ley Provincial 11.723, más aun cuando se trata de un área natural con protección ambiental (Paisaje Protegido) enmarcado en la Ley 12.756 y Ordenanza Municipal de Ensenada 1829”.
“A ello se suma, según denuncias recibidas, el avance de construcciones de muelles, uno particularmente de gran porte sobre las costas del Río de la Plata, lugar donde también se estaría loteando con avales de allegados al municipio”, indicó Nuevo Ambiente.
Acto seguido, informaron que desde la administración de Mario Secco “no elaboraron el Plan de Manejo Ambiental y siguen modificando el paisaje y el hábitat de un lugar que fue protegido, siendo el propio estado Municipal quien hace caso omiso a su obligación y responsabilidad”.
En cuanto a la nueva iluminación, la ONG precisó que “más allá de sus beneficios en ahorro energético, no es el ideal para estas zonas por su brillo y potencia, dado que provoca impactos negativos a la fauna silvestre existente en la Isla, hecho que no fue contemplado por ignorancia y ausencia de los estudios de impacto ambiental, los cuales hubieran dado negativos”.
“Estos nuevos hechos son graves al ignorar a los jueces que actuaron y deja de manifiesto una impunidad con la que se manejan los responsables políticos del municipio, privilegiando los negocios por sobre los daños ambientales que provocan”.
Vale recordar que el Juzgado Contencioso Administrativo de La Plata dictaminó que el municipio debe abstenerse “de autorizar y/o gestionar directa o indirectamente la construcción de emprendimientos urbanísticos, aprobar loteos y/o subdivisiones y todo proyecto que implique movimiento de suelos y desmonte en el ámbito del paisaje protegido, hasta tanto se dicten normas de aplicación y se impulse el plan de manejo ambiental que contenga las restricciones y condicionantes edilicios y constructivos necesarios para la protección del ambiente”.