En 2013, una familia de Tres Arroyos firmó un contrato con Walmart Argentina para construir un supermercado en su propiedad y luego alquilarlo por 30 años. La firma multinacional ocupó el predio casi cuatro años sin pagar un peso y luego se fue del país. La familia demandó. La demanda se rechazó por completo. El resultado: dos letrados de Walmart reclamaron honorarios de 56.993 UMAs, $ 5.270.826.626. al valor de febrero de 2026 y la Cámara Civil Nacional los convalidó.
Desde el Estudio Alanis explicaron que la familia no fue condenada a indemnizar nada a Walmart. No causó ningún daño. Solo perdió la demanda por “mal encuadre jurídico”. Y por eso le confiscaron todo.
---) Una abuela de 87 años, viuda, jubilada.
---) Una hija fallecida el 2 de mayo de 2025, a los 47 años, de cáncer, con 70 % de discapacidad, durante el proceso, altísimo estrés .
---) Un hijo, 44 años, 69 % de discapacidad motriz certificada por accidente de tránsito bajo altísimo estrés.
Los integrantes de la familia fueron declarados en quiebra. Sus bienes están siendo ejecutados y subastados ferozmente en Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires .
El juez Fernando Marcelo Elizalde (Juzgado Civil y Comercial N° 1, Tres Arroyos) fue denunciado penalmente en el marco de las quiebras el 20 de marzo pasado por prevaricato, abuso de autoridad y tráfico de influencias, por dictar resoluciones sistemáticamente favorables a los dos letrados de la multinacional e ignorar beneficios de litigar sin gastos otorgados del 90 % a la abuela y una medida cautelar de juez competente que suspendía las ejecuciones hasta su análisis de constitucionalidad.
Los dos abogados beneficiarios de los $ 5.270 millones son Jorge Claudio Mayer y Juan Manuel Orquín Strassburger. Frente a la medida cautelar que protegía a la familia dictada por un juez de Zárate-Campana, el 14 de julio de 2025, el doctor Orquín Strassburger, se presentó sin citación en el de Zárate-Campana, intimido, grabó y presionó verbalmente al juez hasta que este se excusó.
El propio juez dejó constancia escrita de haber sido intimidado. El 15/ de julio de 2025 ordenó denuncia penal. La secretaria del juzgado también documentó el episodio por escrito.
El máximo Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario que cuestionaban los honorarios el 23 de diciembre de 2025 mediante artículo 280. Sin embargo aclaró en su resolutorio que eso no implica confirmar la justicia de la sentencia. El caso avanza hacia la CIDH. Hoy las quiebras de la familia están recurridas por inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, a través de quejas que no frenan los remates.
Este caso es sustancialmente idéntico al precedente Cantos vs. Argentina (CIDH 2002), que llegó a la Corte Interamericana y resolvió a favor de la familia Cantos.
Finalmente, el Estudio Alanis enumeró: Sentencia Cámara Civil 12/12/2022 (Exp. CIV 51407/2017); Fallo CSJN 23/12/2025; Denuncia penal por prevaricato; Medida cautelar de Zárate 8/7/2025; Nota de secretaría y resolución de excusación del Juez de Zarate Campana; Expedientes de quiebra DIGI-38550, 38706, 38710 Juzgado de Tres Arroyos; Certificados CUD de discapacidad; Documentación oncológica; Fallos de Anses. Los expedientes son de consulta pública en el PJN y la SCBA.