

Los jueces Daniel Carral y Mariano Borinsky, de la Sala III, rechazaron el planteo de la fiscal Florencia Budiño, mediante el cual se oponía a la decisión que tomaron los jueces del TOC V y que benefició a Juan Carlos Veck y a Debora Vizcarra. Ambos estuvieron procesados desde el año 2001. Sus abogados defensores ya iniciaron un nuevo litigio contra el Estado.
LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) En la sentencia que ratificó el fallo del TOC V, los magistrados descartaron el planteo de culpabilidad que la fiscal hizo contra los expolicías a quienes acusó de haber matado a Valeria González en el año 2001.
La fiscal Florencia Budiño entendió a su modo de ver que “se encontraba acreditado el hecho de que el 25 de septiembre de 2001, aproximadamente a las 2 horas, Débora Vizcarra pasó a buscar, con su vehículo Chevrolet Corsa, a Valeria González por su casa, quien se ubicó en el asiento del acompañante, y se dirigieron hacia calle 2 y 519 de La Plata, para encontrarse con Juan Carlos Veck, quien ascendió a dicho rodado en la parte trasera”.
“Una vez que se encontraban los tres en el interior de aquél, Veck le efectuó a Valeria González un disparo con el arma de fuego que portaba que impactó en su cráneo y le provocó la muerte”, completa la hipótesis que no pudo ser probada en juicio y los jueces no abogaron por el planteo de los particulares y del Ministerio Público.
En la acusación, también se planteaba que antes de las 7 horas, Vizcarra y Veck se descartaron del cuerpo, montando un escenario con el fin de simular un suicidio, dejándolo en la vereda de calle 1 entre 518 y 519 de La Plata, junto con el arma utilizada.
En el fallo que se conoció esta semana los jueces de Casación indican que “la doctora Silvina Cabrera tuvo por acreditado con un grado elevado de probabilidad que el disparo que terminó con la vida de Valeria González fue realizado en el lugar donde se encontró el cuerpo, por la cuantía de sangre que había debajo de la extremidad encefálica, compatible con la sangre del orificio de entrada en cráneo de ese proyectil, porque no había regueros de sangre en la vereda, las prendas no tenían signos de arrastre y por la posición en que estaba el cuerpo”.
“Así, nada permite inferir que la víctima haya sido ultimada de un disparo dentro de un vehículo, sentada en el lugar del acompañante y que su cuerpo haya sido descartado en el lugar donde fue encontrada, habiéndose montado un escenario con el fin de simular un suicidio, como sostiene la parte acusadora”, resaltaron los jueces.
En el juicio se debatió conforme al testimonio de peritos, testigos y especialistas sobre si la muerte de Gonzalez se dio con la participación de dos personas o bien si se trató de un suicidio. En el debate la fiscal reequirió la pena de 15 años de prisión para los dos imputados.
En tanto, la abogada que representa a la familia González, Rosario Burlando pidió ante los jueces que los acusados sean condenados a 22 años de cárcel por haber sido participes del homicidio calificado por el empleo de arma.
En cuanto a la defensa en juicio, os letrados cuestionaron las irregularidades del proceso en donde se incorporaron efectos que tras 16 años no se sabía en donde estaban y "de repente aparecieron como prueba en el juicio", remarcaron los defensores en una queja que hizo ruido en las esferas de la Corte.
Además hicieron especial hincapié en remarcar que los plazos de la prisiones preventivas estaban vencidos y que el perjuicio para ambos imputados fue notable y totalmente injusto.
"Hemos asistido a una pérdida total de imparcialidad por parte del Ministerio Público que pocas veces se ha visto en la historia del poder judicial de la provincia de Buenos Aires. Se han violado derechos constitucionales y las irregularidades no han sido denunciadas por los funcionarios a pesar de que es una parte central de sus misiones y funciones", indicaron desde la defensa.
El caso
Tras vaivenes administrativos los jueces del Tribunal Oral y Criminal Criminal V de La Plata, Andrés Vitali, Carmen Rosa Palacios Arias y Exequiel Medrano, comenzaron en febrero de 2017 a juzgar a dos expolicías bonaerenses acusados por la muerte de Valeria González (23), quien era su colega en la Comisaría 8ª de esa ciudad y apareció muerta con un tiro en la cabeza el 25 de septiembre del año 2001, en la localidad de Ringuelet.
Los acusados por el hecho fueron Juan Carlos Veck y Débora Vizcarra, quienes esuvieron en el banquillo y llegaron al debate en condición de detenidos con arresto domiciliario y salidas laborales.
En tanto, la fiscal de juicio que sostuvo la acusación por parte del Ministerio Público fue Florencia Budiño. La funcionaria estaba acompañada por la representante del particular damnificado, la abogada Rosario Burlando y ambas conformaron el bloque acusador.
Según la grilla del debate, para el juicio estaban citados 146 testigos entre civiles y funcionario policiales y judiciales que prestaron declaraciones testimoniales ante las partes. El litigio judicial duró casi un mes. Los letrados Daniel Apaz y Adrián Fernández Koeing representaron a Veck como defensores, y Juan José Barragán asistió a Vizcarra.
Asimismo, la instrucción judicial estuvo a cargo del fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta y prestó intervención el juez de Garantías 1, Guillermo Federico Atencio.
La hipótesis del fiscal en instrucción dio cuenta de que “un hombre con la participación de una mujer efectuó en el interior de un automóvil Chevrolet Corsa un disparo con un arma de fuego que impactó en el cráneo de Valeria González ocasionándole la muerte”.
Tanto el juez como el fiscal de la causa descartaron por completo la hipótesis del suicidio y dieron cuenta de que hay elementos para sostener que se intentó manipular evidencia para hacer creer que no se trató de un homicidio. (ANDigital)