Campo | 2 ene 2020
Senasa
Ya rige la obligatoriedad de las buenas prácticas agrícolas para producir y comerciar frutas
Se trata de las acciones tendientes a garantizar la calidad e inocuidad de los alimentos y de productos no alimenticios.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) Este jueves entró en vigencia la Resolución 5/2018, medida que incluyó en el Código Alimentario Argentino (CAA) la obligatoriedad de las buenas prácticas agrícolas en la producción primaria (cultivo-cosecha) de frutas, a partir del 2 de enero de 2020 y de hortalizas desde el 4 de enero de 2021, y en su almacenamiento hasta su comercialización dentro del establecimiento productivo.
Durante todo 2019, profesionales del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recorrieron el país capacitando a productores sobre la actualización de las BPA según la normativa vigente.
⚠️????????? A partir de hoy las Buenas Prácticas Agrícolas son obligatorias para la producción y comercialización de #frutas en todo el territorio argentino.
— Senasa_AR (@SenasaAR) January 2, 2020
? Descargá los Manuales de #BPA y conocé los 7 puntos de implementación.#AlimentosSanos pic.twitter.com/ZBiMj9MTtP
La norma indica que los productores deberán contar con la asistencia de un técnico/profesional para asesorarse en la implementación de las BPA.
En tal sentido, el director nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Alejandro Fernández, señaló que “la aplicación de las BPA en pequeños productores es fundamental porque con su trabajo abastecen de alimentos a grandes zonas urbanas”.
“De esta manera promovemos la obtención de productos sanos, inocuos y de calidad, además de generar conciencia y cuidado por el ambiente y la salud de los productores y sus familias”, completó.
Los manuales de BPA y los puntos de implementación obligatoria para la producción y comercialización de frutas se pueden consultar en la web. (ANDigital)