viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº3688

Policiales y Judiciales | 21 mar 2014

También pidió que se les suspenda la matrícul

En insólito fallo, jueza multó a dos abogados por presentar amparo contra la re-re de Gioja

El fallo alcanzó también a la amparista. La medida fue tomada por la magistrada titular del Séptimo Juzgado Civil, María Elena Videla. Sostuvo que la medida legal ofende la investidura del Gobernador y por esa razón decidió el castigo. Uno de los fundamentos de la medida tiene que ver con el hecho de que el padrón electoral que data del año 2007 será el utilizado en la elección del 8 de mayo, y deja sin poder votar a unos 60.000 jóvenes de la provincia cuyana.


SAN JUAN, Abril 06 (ANDigital) En un insólito fallo, la jueza titular del Séptimo Juzgado Civil, María Elena Videla, decidió multar a una mujer que presentó un recurso de amparo contra la re-reelección del actual gobernador de San Juan, José Luis Gioja, medida que alcanzó a los dos abogados patrocinantes, a quienes incluso envió al tribunal de disciplina del Foro de Abogados para que se les suspenda la matricula.

La medida fue tomada el viernes pasado, y el fundamento de tan insólita medida fue que la funcionaria dio por entendido que la medida legal ofende la investidura del Gobernador.

El recurso de amparo –al que accedió el sitio Legisla–, entre una de su metas solicita a la justicia se “declare la inconstitucionalidad del acto legislativo dictado en ejercicio del poder constituyente derivado (art. 2 y 3, Ley 8.199), siempre que con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta viola –de manera abierta y flagrante– el procedimiento establecido por la Constitución de la Provincia de San Juan para su enmienda; y, consecuentemente, de manera concreta, cierta y actual, lesiona a la actora en su derecho humano fundamental de carácter público y naturaleza política a participar de manera activa en el proceso de toma decisiones del Estado, mediante la emisión del sufragio”.

El motivo de éste, y otros nueve amparos, presentados todos por distintas fuerzas opositoras, tiene que ver con el hecho de que el padrón electoral que data del año 2007 será el utilizado en la elección del 8 de mayo y deja sin poder votar a unos 60.000 jóvenes de la provincia.

La medida de la jueza, más que ajustada a derecho, parece haber sido una irrestricta defensa a la figura del gobernador. El fallo podría convertirse en un gran papelón, algunos abogados explicaron que “la figura que la magistrada le endilga a los amparistas está en desuso, porque las críticas a la investidura del gobernante ya no se considera ‘delito’, como en el pasado”.

Hasta hoy en la mayoría de los ampraos presentados (10) y rebotados sistemáticamente por la justicia figura que la cuestión de habilitar o no a un tercer mandato al gobernador “no es judiciable”, según la jueza: “No corresponde a la Justicia emitir pronunciamiento alguno que importe analizar el mecanismo constitucional dispuesto por la Ley de Enmienda, en tanto el mismo forma parte de la facultades propias, exclusivas y excluyentes del Poder Legislativo”. Pero en el amparo presentado, los abogados presentaron fundamentos que le permitirían a la justicia abordar el tema. (ANDigital)

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