jueves 25 de abril de 2024 - Edición Nº3687

Policiales y Judiciales | 3 nov 2020

Independencia de poderes

Golpe al modelo macrista: La Corte Suprema falló contra el traslado de jueces “a dedo”

El órgano superior de Justicia falló ordenó realizar concursos y exige al Congreso una ley reguladora. Los jueces Bruglia y Bertuzzi se mantendrán en sus lugares hasta que se concursen sus cargos.


CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) La Corte Suprema de la Nación falló este martes contra el modelo macrista de traslado de jueces “a dedo”, debido a que vulneran el principio de la independencia de poderes, y por ello si bien mantiene en sus cargos en la Cámara Federal a los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, lo hace de manera temporal ya que ordenó la realización de concursos para que se defina a los titulares de esos cargos.

En un fallo de 37 considerandos, los ministros Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti votaron en ese sentido, a quienes se sumó en su parte resolutiva Elena Highton de Nolasco, mientras que el presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, buscó darle validez a los traslados de los tres camaristas –a Bruglia y Bertuzzi se suma Germán Castelli, pero cuya determinación se conocerá este jueves–.

En definitiva –al fallar sobre la cuestión de fondo, luego de haber habilitado el per saltum–, el órgano superior de Justicia dejó en claro que tendrán validez todos los fallos que estos magistrados hayan tenido, más los que tengan hasta el desarrollo de los concursos, y que incluso podrán presentarse a concursar aunque siguiendo todos y cada uno de los pasos previstos por la Constitución.

La Corte también conminó al Congreso a dictar una ley que apunte a regular esta situación, para que sea la política la que se encargue de este tema, en lo que promete ser una nueva polémica entre el Frente de Todos y Juntos por el Cambio que se abrirá a partir de ahora.

Es importante recordar que Bruglia y Bertuzzi eran jueces orales en Comodoro Py, y en 2018 fueron trasladados a dedo por el entonces presidente Mauricio Macri a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, mientras que Castelli, quien integraba el Tribunal Oral Federal Nº 3 de San Martín, fue derivado en 2019 al TOF Nº 7 de Comodoro Py, donde firmó la excarcelación de Leo Fariña, el primer “arrepentido” en la denominada “ruta del dinero K”.

Con su fallo la Corte definió, por un lado, darle un ancuadre constitucional a los traslados de jueces –en este caso de Bruglia y Bertuzzi– y, por el otro, sentar un precedente que evite que un Presidente use los traslados transitorios para designar jueces a dedo, al tiempo que declara la inconstitucionalidad de la Resolución Nº 183/20 del Consejo de la Magistratura, que permitió los traslados y declara la inconstitucionalidad del Reglamento de Traslado de Jueces del Consejo de la Magistratura, aprobado en el 2000. (ANDigital)

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