jueves 18 de abril de 2024 - Edición Nº3680

Policiales y Judiciales | 1 oct 2021

Mandato constitucional

La Ciudad de Buenos Aires tendrá juicios por jurados

Es para juzgar delitos con penas igual o mayor a 20 años. Fue aprobado por amplia mayoría por la Legislatura porteña, compatibilizando tres proyectos principales.


CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) La Ciudad de Buenos Aires instituyó, por ley, el sistema de juicio por jurados, que será obligatorio para los delitos penales graves y sus conexos. Se cumple de esta manera un postergado mandato de las constituciones nacional y local.

La ley normativa se sancionó este jueves después de un largo e intenso proceso de consultas, intercambio de información y búsqueda de consensos, en las comisiones legislativas de Justicia y de Asuntos Constitucionales. Se sancionó con 54 votos positivos y cuatro negativos de la izquierda.

Se compatibilizaron tres proyectos principales de las bancadas UCR, Vamos Juntos y Frente de Todos y se tuvieron en cuenta los antecedentes de otras iniciativas anteriores que no llegaron a definirse en su momento.

El primer artículo de la ley aprobada ordena “establecer el Juicio por Jurados en la CABA en cumplimiento de los artículos 5°, 118, 122, 123 y 126 de la Constitución Nacional y el artículo 81 inciso 2° y 106 de la Constitución de la Ciudad “.

“Se deben juzgar obligatoriamente por Juicio por Jurados todos los delitos que tengan una pena máxima en abstracto igual o superior a 20 años de pena privativa de libertad, aún en su forma tentada, junto con los delitos conexos que con ellos concurran”, determina el segundo artículo.

Luego se disponen las pautas de integración de los jurados, las reglas del debate, audiencias preparatorias, funciones de los jueces y de los jurados, requisitos, incompatibilidades, inhabilidades, plazos y formas. Los jurados serán 12 personas, designadas en base a un padrón de ciudadanos con al menos 4 años de residencia en la CABA y deberá respetarse la paridad de género.

El Consejo de la Magistratura “procederá a elaborar, reglamentar, publicar y distribuir la documentación necesaria y que surge de la presente ley a efectos de la correcta implementación de los Juicios por Jurados”, se dispuso por cláusula transitoria.

Habrá una Oficina de Jurados responsable de la organización, integración, modalidades y conformación que disponga la reglamentación del Consejo de la Magistratura. Esa Oficina gestionará el funcionamiento de los Tribunales de Jurados.

En este contexto, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales y la Asociación Argentina de Juicio por Jurados celebraron que la Legislatura porteña haya aprobado por abrumadora mayoría el proyecto.

Desde el INECIP y la AJJ pusieron de relieve que “el jurado ha demostrado, en los más de 500 juicios realizados en el país, ser un tribunal imparcial e independiente. Los veredictos que ha emitido han sido percibidos como razonables y lógicos, dotados de sentido común, lo que ha permitido que sean aceptados por la sociedad”.

“El jurado es sin duda una de las transformaciones más trascendentales de la justicia penal; es una herramienta privilegiada para consolidar el sistema acusatorio, transparentar las decisiones judiciales y ayudar finalmente, a revertir la distancia que existe entre la ciudadanía y el Poder Judicial”, añadieron.

Y cerraron: “La experiencia de las provincias de Neuquén, Buenos Aires, Mendoza, Chaco, Río Negro y Entre Ríos que ya cuentan con sus sistemas en funcionamiento, demuestra que no se equivocaron cuando decidieron confiar en el compromiso de la ciudadanía para cumplir con su función. Ojalá que esta noticia anime a más provincias y el jurado se extienda en el resto del país. Es hora que toda la sociedad argentina pueda hacer uso de un derecho que le viene siendo vedado por más de 160 años”. (ANDigital)

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