sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº3682

Política | 28 sep 2022

Descargo vía Twitter

Soria contra Rosenkrantz: “El exempleado de Clarín decidirá si tenemos derecho a internet”

El ministro de Justicia de la Nación condenó la “doble vara” de la Corte Suprema “para aplicar la ley” y también que este “de los dos lados del mostrador”.


CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) El ministro de Justicia de la Nación, Martín Soria, rechazó la decisión de la Corte Suprema de no aceptar el pedido de recusación promovido por el Gobierno del juez del alto tribunal, Carlos Rosenkrantz, para intervenir en ciertas causas por su vinculación con alguna de las partes al haber sido abogado particular del Grupo Clarín.

“La CSJN habilitó que el exempleado de Clarín, Rosenkrantz, decida si los argentinos tenemos derecho a un servicio de internet de calidad y a precio justo como estableció (el presidente) Alberto Fernández”, arremetió el funcionario a través de su cuenta en la red social Twitter.

Así las cosas, evaluó que el Máximo Tribunal de Justicia “no sólo tiene doble vara para aplicar la ley: también está de los dos lados del mostrador”.

Vale recordar que el martes, la Corte Suprema decidió rechazar el pedido de recusación de Rosenkrantz en los planteos de Telecom sobre el decreto 690, que declaró a Internet como un servicio público, por ser el Grupo Clarín uno de sus propietarios.

La decisión presidencial, firmada en 2020, tuvo una inmediata judicialización a partir de las medidas cautelares promovidas por las operadoras de telefonía celular Personal (Telecom) y Movistar, no así la empresa Claro, con presentaciones en la Justicia que llegaron hasta la Corte Suprema.

En principio, la Corte planteó que el pedido del Gobierno fue “extemporáneo”, ya que debió presentarse cuando se interpusieron los recursos, pero el principal argumento es que haber patrocinado a uno de los actores “no es causa de recusación”.

Los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti recordaron en el fallo otros anteriores en los que el tribunal resolvió que “no es causa de recusación la circunstancia de que el juez cuyo apartamiento se pretende haya patrocinado anteriormente a uno de los interesados en asuntos distintos y terminados, tal como aquí se alega”.

Esto significa que el ministro Rosenkrantz podrá intervenir en expedientes que involucren al Grupo Clarín, siempre que no haya intervenido como abogado en esos mismos asuntos que se discuten en las eventuales causas.

Desde el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) no hubo una postura oficial sobre la decisión de la Corte pero fuentes del organismo señalaron que el principal interés del Estado es que el Poder Judicial defina las cautelares y el fondo de la cuestión de la manera más expeditiva posible, puesto que los planteos ya llevan dos años sin definición.

En 2016, Rosenkrantz dijo que se excusaría en los expedientes que involucraran al Grupo Clarín pero que luego reconsideró esta postura y anunció que intervendría porque ya habían pasado cinco años de su llegada al máximo tribunal. (ANDigital)

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