

Desde la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se informó que ya se puede solicitar la devolución de las percepciones en concepto de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por los gastos realizados en dólares con tarjetas, tanto de crédito como débito.
Se incluye en estas operaciones las compras realizadas tanto en dólar ahorro como en dólar turista y, respecto de Ganancias, la solicitud es para la devolución del 35 % acumulado entre enero y diciembre de 2023.
Paso a paso
Lo primero que debe tenerse en cuenta a la hora de solicitar la devolución de estos tributos ante la AFIP es que pueden hacerlo quienes no se encuentren inscriptos en Impuesto a las Ganancias, o inscriptos en Impuesto a las Ganancias pero no en Bienes Personales, o no se encuentren inscriptos en Bienes Personales, aquellos que trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones de Impuesto a las Ganancias y quienes trabajen en relación de dependencia y sean pasibles de sufrir retenciones por parte de su empleador.
Lo que se debe hacer para solicitar la devolución es ingresar con Clave Fiscal a la web oficial de AFIP o desde la aplicación de la misma entidad, y una vez allí dirigirse a la sección “Mis Aplicaciones Web” y tildar la opción “Nuevo”. Luego se debe seleccionar el período fiscal –indicar el mes por el cual se solicita la devolución– y clickear en “Continuar”.
El propio sistema muestra las percepciones que se registran en “Mis Retenciones” en ese período seleccionado. Para poder continuar hay que tildar aquellas por la cual se solicitan devolución. Hay que finalizar el trámite seleccionando “Grabar” y “Presentar”.
Vale resaltar que, como no se indican plazos de devolución, el mismo puede demorar hasta 8 meses pero, a diferencia de años enteriores, la solicitud no tiene fecha límite.
Asimismo, hay que aclarar que el dinero resultante de las solicitudes aprobadas el dinero resultante será transferido a la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.