sábado 27 de julio de 2024 - Edición Nº3780

Interés general | 25 ene 2024

Medida cautelar

“Truchada absoluta”: la Justicia suspendió los aumentos de transporte en el AMBA

La decisión del del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial N.º 3 se originó como resultado de una objeción presentada por el intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, en torno al trámite de la “audiencia pública”.


A última hora de este miércoles se dio a conocer la decisión por parte de la Justicia Federal de Lomas de Zamora para ponerle un freno al aumento de transporte público, tarifazo previsto para el 1 de febrero. 

En concreto, mediante una cautelar quedan suspendidos los aumentos anunciados por la Secretaría de Transporte bajo la fundamentación de la falta de un “adecuado procedimiento” de la participación ciudadana.

La decisión del del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial Nº 3 se originó como resultado de la objeción presentada por el intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, planteo centrado en el método adoptado para tratar el aumento de los boletos de transporte público, el cual fue comunicado mediante la página web del portal Mi Argentina, el cual no daba lugar a la participación de los ciudadanos.

En ese sentido, el jefe comunal expresó en declaraciones a A24 que “hacen una truchada absoluta, porque lo que hacen es que te invitan a una web donde hay consultas, te inscribís partir de Mi Argentina y tenés cinco mil caracteres para expresar tu opinión sobre el aumento. Es un chat donde opinas escuetamente sobre esto que pasa, con eso dan por cumplida la audiencia y pasan directamente al aumento”.

“De esta manera, anulan cualquier instancia de intercambio y debate, y convierten la audiencia en un posteo de redes”, acotó Gray, para luego dar cuenta que “no se puede encarar un proceso que afectará el ingreso de millones de familias a espaldas de la ciudadanía”.

A partir de la resolución judicial, la suba del boleto de transporte público queda sin efecto, por lo que el cuadro tarifario quedará con los valores establecidos en el primer mes del año 2024. 

Asimismo, la suspensión queda establecido “por el plazo de cinco días, tiempo durante el cual se deberán adoptar las medidas tendientes a garantizar los derechos enunciados, readecuando el procedimiento de participación ciudadana”.

Por otra parte, el juez que dictaminó el fallo, Ernesto Kreplak, destacó que la suba que pretendía llevar adelante el Gobierno da a lugar a “una vulneración de derechos, por cuanto el mecanismo extraordinario cuya suspensión se pide, no respetaría prima facie el derecho a la protección de los intereses económicos de los usuarios”.

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