domingo 16 de junio de 2024 - Edición Nº3739

Economía | 24 may 2024

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Billeteras digitales: Los nuevos montos de movimientos que deberán informar los bancos

El organismo actualizó los topes de las distintas operaciones, a través de billeteras virtuales y cuentas bancarias, que las entidades financieras se verán obligadas a reportar.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló este viernes cuáles son los nuevos topes de transferencias realizadas a través de billeteras digitales y cuentas bancarias, a partir de las cuales los bancos deberán dar aviso al organismo.

Mediante un comunicado, la AFIP informó la actualización de los montos correspondientes a las operaciones y movimientos.

“El fisco se encuentra abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información”, explicó el organismo.

A partir de la modificación de la Resolución General N° 4298 que regula “la obligación de informar de las entidades financieras”, las entidades financieras estarán obligadas a informarlas siguientes operaciones: acreditaciones desde $ 700 mil; extracciones desde $ 700 mil; saldos mensuales desde $ 700.000; consumos con tarjetas de débito de titular o adicionales desde $ 400 mil.

Asimismo, la AFIP difundió que los topes se actualizarán dos veces al año, conforme a la suba inflacionaria. “Se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC”, completó el texto.

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