jueves 12 de septiembre de 2024 - Edición Nº3827

Policiales y Judiciales | 30 ago 2024

Sentencia

Por el crimen de Tehuel de La Torre, condenan a Luis Ramos a reclusión perpetua

Para la Justicia se trató de un asesinato motivado por “odio de género”. La decisión fue unánime. Vale remarcar que el ahora sentenciado no es el único imputado. Los detalles.


Este viernes al mediodía Claudio Bernard Silvia Hoerr y Ramiro Fernández Lorenzo, jueces del Tribunal Oral y Criminal II de La Plata, dieron a conocer el veredicto condenatorio contra Luis Alberto Ramos y lo encontraron culpable del crimen de Tehuel de la Torre: los magistrados encuadraron el caso en un “homicidio calificado por haber sido perpetrado por odio a la identidad de género”.

Bajo ese marco le impusieron a Ramos una condena a reclusión perpetua y en la lectura del veredicto se acreditó que el sujeto no actuó solo y que tuvo colaboración de un cómplice, quien será juzgado en otro proceso ya que eligió hacerlo en un juicio por jurados y no por jueces técnicos.

Entre los argumentos y las pruebas citadas para la condena, los magistrados sostuvieron que: “La actitud de Ramos ante la búsqueda de Tehuel fue desinteresada e intentó ocultarse y mantenerse prófugo durante la investigación, la policía lo halló en Dock Sud (partido de Avellaneda), permaneció dos días allí hasta que lo encontraron”, señalaron. En otro pasaje del fallo los jueces citaron las manchas de sangre de Tehuel en el domicilio de Ramos.

En esa misma línea, destacaron que Ramos ocultó el cuerpo de Tehuel y que contó con la colaboración del otro detenido, Oscar Montes.

Además, los jueces indicaron que el móvil del asesinato fue el “odio de género”, que calificaron como agravante: “Luis Ramos no reconocía la identidad sexual de Tehuel y se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima, tenía palabras ofensivas y no se quedó solo en eso sino que su accionar delictivo lo llevó a promover un daño físico y el posterior ocultamiento del cuerpo”, remarcaron en lo que fue un fallo con perspectiva de género: “Hubo intolerancia y no se reconoció a la identidad sexual de la víctima”, agregaron.

A Ramos lo declararon reincidente ya que en su prontuario delictivo tiene una condena previa a 12 años de cárcel por matar con un arma de fuego a Jorge Daniel Avelino Bogado, asesinato que fue cometido en Avellaneda aunque su pena expiró en 2021, mismo año en el que asesinó a Tehuel de la Torre.

Vale resaltar que el fallo fue por unanimidad, por lo que sobre el militante del MST pesó la decisión de los magistrados de considerarlo un criminal violento y sin remordimientos.

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