miércoles 08 de abril de 2026 - Edición Nº4400

Política | 8 abr 2026

Situación “inconstitucional”

Impugnaron el pliego de Mahiques en el Senado: “Nunca concursó para ser juez”

La presentación fue realizada en el marco del tratamiento de su continuidad en la Cámara de Casación. Esto se da en medio del proceso de revisión de pliegos judiciales impulsado por el Gobierno.


La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) realizaron una presentación conjunta ante la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación para impugnar el pliego enviado por el Poder Ejecutivo para otorgar un “nuevo nombramiento” al juez Carlos Mahiques en la Cámara Federal de Casación Penal, al considerar que la medida resulta inconstitucional.

Según explicaron en el escrito, Mahiques nunca fue designado en ese cargo federal mediante el procedimiento previsto por la Constitución Nacional —que exige atravesar un concurso ante el Consejo de la Magistratura, ser seleccionado por el Poder Ejecutivo y obtener un acuerdo del Senado—, sino que accedió a él a través de un traslado dispuesto en 2018 desde otro tribunal del fuero ordinario de la Capital Federal, cargo para el que sí concursó.

Ese traslado permitió que el exministro de Justicia bonaerense ejerciera la jurisdicción federal sin nunca haber concursado para eso, lo cual viola la Constitución Nacional.

Un precedente clave

En este sentido, las organizaciones recordaron que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el precedente “Bertuzzi” de 2020 —posterior a ese traslado—, estableció que los traslados son actos provisorios que no pueden equipararse a los nombramientos.

“Si el Senado otorgara un nuevo nombramiento a Carlos Mahiques, estaría convalidando una práctica que ya ha sido declarada inconstitucional por la propia Corte Suprema”, señala el escrito.

¿Qué dice la Constitución?

En consecuencia, INECIP y ACIJ advirtieron que no es jurídicamente posible otorgar un “nuevo nombramiento” a quien nunca fue nombrado en ese cargo, ya que no se puede prorrogar un cargo al que se accedió de manera provisoria.

“El artículo 99 inciso 4 de la Constitución prevé la renovación de cargos únicamente para magistrados que hayan sido previamente designados conforme al procedimiento constitucional, lo que no ocurre en este caso”, señala la presentación. Por eso, sostienen que el pliego carece de sustento jurídico y debe ser rechazado.

El concurso, la única vía

“La única vía constitucional para que Carlos Mahiques pueda continuar en la Cámara Federal de Casación Penal luego de los 75 años es presentarse al concurso que el Consejo de la Magistratura inicie cuando se produzca la vacante”, expusieron.

Así las cosas, las organizaciones solicitaron a la Comisión de Acuerdos que proponga al pleno el rechazo del nombramiento de Carlos Mahiques como vocal de la Cámara Federal de Casación Penal.

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