El Tribunal Oral Federal N° 4 condenó a cinco años de cárcel al exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, y el exsecretario de Obras Públicas, José López, por el Caso Skanska, la constructora sueca acusada de direccionar licitaciones y pagar coimas a funcionarios públicos durante el Gobierno de Néstor Kirchner.
El tribunal consideró probado que ambos exfuncionarios cobraron coimas en el proceso para la ampliación de dos gasoductos, en tanto que el exgerente general de Nación Fideicomisos S.A., Néstor Ulloa, también recibió una condena de cinco años de cárcel.
Además, en el marco de las sentencias por los delitos de cohecho pasivo y administración fraudulenta, todos fueron inhabilitados de manera perpetua para ejercer cargos públicos, como había solicitado el fiscal federal, Abel Córdoba.
Cabe consignar que el tribunal de Comodoro Py, integrado por los jueces Jorge Gorini, Guillermo Costabel y María Gabriela López Iñíguez, informó la sentencia para los exfuncionarios, que escucharon la decisión judicial de manera virtual desde sus lugares de detención. De Vido desde su arresto domiciliario en Zárate y López desde la cárcel de Ezeiza, respectivamente.
El Caso Skanska fue el primer hecho de corrupción que se destapó durante el primer mandato kirchnerista. En el expediente se investigó el supuesto pago de coimas y sobreprecios por parte de la constructora sueca, con el objetivo de adjudicarse las obras de ampliación de dos gasoductos en 2004.
La empresa señalada de direccionar licitaciones y pagarles coimas a exfuncionarios públicos fue acusada, además, de esconder este esquema a través de un sistema de facturas falsificadas emitidas por más de 20 empresas fantasma, en las que se simulaban servicios que nunca se prestaron.
Al elevar la causa a juicio en 2019, el juez federal Sebastián Casanello indicó que “la empresa Skanska, al momento de la negociación de las ofertas presentadas en el concurso privado, acordó con sus competidores para elevar los costos, lo que fue consentido por los funcionarios públicos que intervinieron directa e indirectamente en el procedimiento”.
“Para respaldar esas actividades ficticias, los representantes de Skanska S.A. decidieron darle un marco legal que les permitiera justificar cada uno de los egresos. Así fue que computaron las transacciones como gastos vinculados al proyecto central adjudicado, previamente, por el Estado nacional”, anexó el magistrado.
Y recalcó que “todos estos sucesos habrían generado, como consecuencia, un perjuicio económico millonario para la administración pública, en tenor de que los sobornos pagados por los privados y recibidos por los funcionarios constituyeron un beneficio económico ilegal a título personal para ellos pero, en simultáneo, la extracción de dinero de las arcas estatales sin amparo legal alguno”.