martes 30 de abril de 2024 - Edición Nº3692

Policiales y Judiciales | 25 abr 2016

Fuero penal platense

Su perro mató a un niño y lo condenaron a ocho años de prisión

El hecho ocurrió en mayo de 2014 en un barrio de la localidad bonaerense de Alejandro Korn. Este lunes se dio a conocer el veredicto condenatorio para el acusado, Horacio Fernando González (49). La defensa apelará la resolución. Familiares y amigos de la víctima (de apenas dos años de edad) rompieron en llanto y se mostraron conformes con la condena. ANDigital accedió al fallo.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) Ocho años de prisión fueron los que dictó este lunes el Tribunal Oral y Criminal IV de La Plata compuesto por los jueces Germán Alegre, Emir Caputo Tártara y Juan Carlos Bruni, contra un hombre cuyo perro mató a un niño de dos años.

La fiscal de juicio, Claudia Cendoya, había solicitado que se dicte una condena por “homicidio simple, con dolo eventual”, una figura que trepaba hasta los 25 años de cárcel.

El acusado, Horacio Fernando González (49), llegó a juicio bajo el beneficio de prisión domiciliaria y no asistió a la lectura del veredicto que tuvo lugar en horas del mediodía en la Sala del Fuero Penal platense ubicado en calle 8 entre 56 y 57.

González fue encontrado culpable del delito de homicidio simple por el hecho ocurrido el 29 de mayo de 2014 en un barrio de la localidad bonaerense de Alejandro Korn, partido de San Vicente.

Los jueces Caputo Tártara y Alegre votaron en esa línea. En tanto Juan Carlos Bruni votó en contra de ese encuadre legal y justificó la disidencia en el fallo al que ANDigital tuvo acceso.

Para los dos primeros magistrados ha quedado debidamente acreditado que con anterioridad a las 14.30 horas del 29 de mayo del año 2014, un sujeto de sexo masculino, poseedor de al menos ocho perros Pitbull dejó atado a un can de dicha raza -que no era de su propiedad pero cuyo cuidado le había sido confiado- con una soga de aproximadamente 1,50 metros, al volante de un vehículo Fiat 147 que en estado de abandono se encontraba sobre la vereda del domicilio de calle Bonpland 913 de la localidad de Alejandro Korn, sin bozal y con la puerta del vehículo abierta, lo que le permitía al animal desplazarse por la vereda que separaba la ubicación del automóvil del frente del domicilio antes individualizado.

En ese marco -e inadvertidamente para los adultos que con él se encontraban-, se acercó hasta el sitio en el que el perro se hallaba el niño Santiago Alejandro Veer, de tan solo dos años de edad -vecino del tenedor de los perros-, quien en esas circunstancias resultó atacado por el perro el que le produjo heridas desgarrantes que le provocaron la muerte.

Uno de los elementos para fundar el encuadre legal de homicidio simple fue el faltante de bozal para el animal ya que González era consciente del daño que el can podría generar a terceros.

En tanto, para Bruni los hechos deben ser considerados como constitutivos del delito de homicidio culposo. González, tenía y criaba perros de la raza Pitbull como mascotas, canjeando solamente algunas crías por comida ocasionalmente, a punto tal que llegaba a tener entre 8 y 10 animales de esa raza.

En el juicio que arrancó la semana pasada, salvo dos testigos, ninguno de los vecinos y profesionales que expusieron en el debate, sostuvieron el acusado los comercializara.
“Menos aún, que los criara para usufructuarlos en hipotéticas peleas que, entre esos animales, se desarrollarían en las Provincias de Córdoba y Santa Fe. Los testigos Hugo Savona Tierry y Aldo Pérez quienes sostuvieron esa supuesta actividad ilegal del imputado, no pudieron corroborarla, sino por comentarios de personas que no pudieron especificar ni identificar. Nadie más sostuvo semejante afirmación y nada hay que pueda concluir en que ese era el destino de los perros que criaba”, explica Bruni en su voto.

“Concluyo que González solo criaba y tenía Pitbull para su propia satisfacción, goce y entretenimiento sin que existiera motivo alguno que lo llevara a exacerbar el instinto de estos animales, el que por otra parte, no es mayor que el de otras razas que sin embargo, sí son específicamente adiestradas para atacar seres humanos, características que no poseen estos canes”, sostuvo Bruni.

Y puntualizó que “más allá que estas últimas pueden ser corroboradas en cualquier página de internet destinada al tema y que los califica como perros guardianes pero no agresivos, de absoluta fidelidad con su entorno y total confiabilidad con el trato humano, basta con observar que las fuerzas de seguridad, sin embargo, utilizan otro tipo de animales a esos efectos. Así vemos como ovejeros alemanes y belgas, doberman, rottweiler o schnauzer inclusive, son utilizados en tareas represivas contra humanos, pero jamás hemos observado Pitbull en esas funciones”.

El magistrado apoya su voto en que según algunos testimonios producidos en el juicio se pudo saber que la raza Pitbull era elegida como mascota en la misma cuadra donde ocurriera el lamentable suceso; así Gabriela Pacheco -madre de la víctima- afirmó que tenía dos, asimismo Claudia Alejandra Savona –abuela del menor- dijo ser dueña de uno –quien también narró que habría tenido un problema con los perros de González, cuando le mataron uno de los chivos que criaba, cuando éste había atravesado el cerco perimetral donde se encontraban los perros-, los mismo reconocieron los vecinos Aldo Pérez, Elizabeth Díaz, y finalmente Tierry Savona, aclarando que lo tenía en un gimnasio de las cercanías.

En el barrio, los Pitbull eran animales frecuentes, conocidos y familiares para la cuadra conviviendo perfectamente con los integrantes de las distintas familias.

“Todos coincidieron en que González, mantenía a sus perros debidamente encadenados a fuertes vigas de contención, dentro de su propiedad y en dos terrenos aledaños debidamente perimetrados con alambre, animales que eran correctamente atendidos por su dueño y su familia, quienes se ocupaban incluso de sus paseos diarios y que por la noche eran guardados en los caniles ubicados dentro de la casa”, explica el juez.

En disidencia con sus colegas, para el magistrado que votó por otra calificación legal se corroboró que el acusado tomó algunos recaudos pues, no dejó al perro suelto en la calle, sino dentro del auto de su propiedad, y además que lo ató al volante.

“Además, la circunstancia de que un menor de dos años circule solo por la acera, no es imputable a González y difícilmente predecible por éste, sino más bien tiene que ver con una desatención de sus cuidadores, tal como lo afirmó el abuelo de la víctima, Pedro Manuel Savona, cuando dijo “no nos dimos cuenta, se nos escapó”.

Para Bruni, lo único concreto que se le puede reprochar a González en su actuar, es que dejó al Pitbull en la vía pública -aunque dentro de un automóvil-, lugar en el que no podía desconocer que era normal y habitual, que transitaran otras personas o animales, y por otro lado, que no se aseguró de que la puerta del vehículo en el que lo depositara, se encontrara perfectamente cerrada.

En ese entendimiento, es que los jueces entienden que el imputado advirtió la posibilidad de producción del resultado, por eso tomó ciertos resguardo, aunque de manera insuficiente, en definitiva negligentemente.

“Pensar lo contrario, sería creer que González tuviera una mente perversa y sádica, que admitiría que sus perros mataran animales, seres humanos o criaturas, lo que en manera alguna se vislumbró o acreditó en el juicio. No puedo pensar siquiera semejante monstruosidad y tampoco las circunstancias me permiten arribar a otra convicción que no fuera la desarrollada”, cerró Bruni en disidencia con sus pares.

Por último, cabe mencionar que el abogado defensor de González, Fabián Musto, indicó que apelará la medida para reducir en Casación la pena a su cliente. (ANDigital)

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