jueves 31 de octubre de 2024 - Edición Nº3876

Policiales y Judiciales | 9 abr 2018

La Plata

Caso Renzo Villanueva: Dictan la prisión preventiva para los detenidos

Este lunes la jueza de Garantías Marcela Garmendia hizo lugar al planteo del fiscal Marcelo Romero y dispuso que Diego Villanueva y Rosa Martignoni permanezcan detenidos al menos hasta la substanciación del juicio oral y público. De este modo la Magistrada desestimó el planteo de los defensores Juan José Barragán y Darío Saldaño quienes habían solicitado la nulidad de la requisitoria fiscal.


LA PLATA-BUENOS AIRES (ANDigital) La causa judicial por la muerte del pequeño de 7 años avanza en el fuero penal y este lunes se sumó un nuevo capítulo. La titular del juzgado de Garantías 5 de la capital bonaerense, Marcela Garmendia, abogó a la hipótesis homicida planteada por el fiscal Marcelo Romero y, al apoyar los argumentos del investigador, dispuso que los dos acusados permanezcan detenidos.

Los imputados por la muerte del pequeño son Diego Villanueva (padre del pequeño) y su pareja Rosa Martignoni quienes enfrentan la acusación por “Homicidio Calificado y Homicidio simple”, respectivamente, los dos están tras las rejas.

En la resolución a la que accedió ANDigital, la magistrada entendió que: “debía dejarse de lado la hipótesis de muerte accidental -inicial y contradictoriamente introducida por los aquí imputados-, resultan de trascendental importancia las conclusiones arribadas luego de la diligencia de reconstrucción realizada en la causa y que minuciosamente he mencionado, por las que no puede descartarse la participación homicida de tercero en el resultado muerte”.

Garmendia funda su decisión al valorar que “ambos afirmaron que Renzo tenía una linternita en sus manos -que no fue habida- como así también flechitas con sopapas, inmediatamente antes de que cayera al vacío, circunstancia que no explica como un niño con dichos objetos en las manos y en fracción de segundos puede escalar el andador y el turbo para acceder a la ventana y así arrojarse al vacío”.

“Merituar además, la circunstancia de ser ambos imputados, las únicas personas que se hallaban en el momento del hecho al cuidado del niño”.

“Finalmente, no puedo dejar de advertir la incorporación de videos y fotografías por parte de la defensa, tratando de aparentar la capacidad de la víctima para trepar, destreza que no es suficiente para derribar la imposibilidad de que Renzo con sus manos ocupadas accediera solo a la ventana, cuando no hay signos de que hubiera utilizado ayuda de algún objeto para apoyarse, por lo que permanece incólume la hipótesis homicida en desmedro de lo pretendido por los encartados”, sostuvo.

En este escenario los letrados defensores están en condiciones de presentar apelaciones en la instancia de Cámara en busca de la excarcelación de ambos imputados.

El caso

Como prueba de cargo obra en el expediente el testimonio del pediatra de Renzo quien especifica cualidades médicas como la falta de fuerza en sus brazos y manos, señaló que el pequeño tenía un síndrome de down leve, y que la conciencia del peligro discernía entre el sí y el no.

El fiscal Marcelo Romero interrogó al especialista sobre sí alguna vez detectó síntomas de maltrato en el niño. El galeno respondió que sí: “incluso en una oportunidad Renzo había presentado lesiones que se correspondían con maniobras de compresión digital en su cuello”. También se evidenció el desapego del imputado respecto de su hijo desde los primeros días de vida.

Se agregaron los testimonios de los acompañantes terapéuticos de Renzo, quienes manifestaron, en concordancia con lo dicho por el pediatra, que “el niño diferenciaba el sí del no, que era muy obediente y dócil, que tenía conciencia del peligro y era muy precavido en situaciones de riesgo, que no era inquieto sino muy tranquilo”.

También puntualizaron que “tenía alguna dificultad con la motricidad gruesa y fina, que incluso no podía abrir la tapa de una botella de gaseosa aun facilitándose su desenrosque, que carecía de fuerza en su tren superior por lo que no podía trepar, que jugaba por imitación no entendiendo el juego simbólico”.

Se agrega en los informes que “para jugar a la escondida había que esconderse con él porque no entendía la consigna del juego, que si bien era un nene ambidiestro, tenía preponderancia su lateralidad izquierda”.

Estos datos dejan entrever que no es consistente la versión de que se tiró por su cuenta de una ventana, para alcanzar un juguete que se le había caído.

Resta mencionar que los elementos enumerados se complementaron con la pericia práctica que Policía Científica realizó en el lugar de los hechos. Con un muñeco de similar altura y peso se hicieron nueve experiencias de cada (algunas con empuje y otras sin impulso) y las que más coincidieron con la posición en la que quedó el cuerpo del niño fueron las hechas con fuerza intencionada.

El caso tuvo lugar en un complejo de departamentos ubicado en calle 9 entre 55 y 56 del centro platense, el 10 de octubre de 2017. (ANDigital)

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