Economía | 26 jun 2020
Emergencia y tributos
Impuestos: La AFIP volvió a prorrogar vencimientos
El organismo anunció un mes adicional para que las sociedades y monotributistas adhieran al régimen de facilidades de pago de planes, además de la postergación hasta mediados de agosto para la presentación de estados contables y la suspensión de embargos a PyMEs.
CAPITAL FEDERAL (ANDigital) En el marco de la Emergencia Sanitaria y con el objetivo de amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este viernes la implementación de nuevas medidas.
A través de cuatro resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, el organismo que preside Mercedes Marcó del Pont extendió las suspensiones de los embargos para las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) y prorrogó la decisión no iniciar nuevas ejecuciones fiscales.
Prorrogamos hasta el 31 de julio la suspensión de embargos para las micro, pequeñas y medianas empresas. #CuidarteEsCuidarnos pic.twitter.com/WDKSYFl4lL
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) June 26, 2020
Además, “para facilitar las tareas de las empresas” se postergó hasta mediados de agosto la fecha para que las sociedades presenten sus estados contables.
Asimismo, la AFIP habilitó un mes adicional para que las sociedades y monotributistas adhieran al régimen de facilidades de pago de planes caducos.
Monotributistas, autónomos y empresas podrán adherirse hasta fines de julio al régimen de facilidades de pago que permite financiar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos. pic.twitter.com/W5mk4l0xdZ
— AFIPComunica (@AFIPcomunica) June 26, 2020
A través de la Resolución General 4740/2020, se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 la suspensión de traba de medidas cautelares. Con la 4741/2020, por su parte, suspende de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias hasta fines de julio, incluso en las jurisdicciones donde se levantó la feria judicial extraordinaria.
Las sociedades que cerraron sus ejercicios fiscales entre noviembre y enero debían presentar estados contables entre mayo y junio. Vía la Resolución General 4743/2020 de la AFIP trasladó esas obligaciones al 18 de agosto próximo.
Por último, la 4742/2020 extiende hasta finales de julio el plazo de adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos. (ANDigital)