viernes 25 de abril de 2025 - Edición Nº4052

Política | 8 abr 2025

Legislatura bonaerense

La oposición impulsa Ficha Limpia en PBA ante una eventual candidatura de Cristina

Desde la Coalición Cívica presentaron un proyecto que prohíbe postularse a personas condenadas, aun cuando no haya sentencia firme. En plena interna peronista, desde el kirchnerismo sostienen que la expresidenta podría ser candidata por la Tercera Sección.


En medio de las versiones que postulan a Cristina Fernández de Kirchner como candidata a diputada provincial, desde la oposición presentaron un proyecto para implementar Ficha Limpia en territorio bonaerense.

Después de que el gobernador Axel Kicillof decretara el desdoblamiento electoral y fijara el 7 de septiembre como fecha para los comicios provinciales, desde el kirchnerismo reiteraron que la exmandataria sería candidata por la Tercera Sección.

Ante esta situación y rápidos de reflejos, los diputados de la Coalición Cívica avanzaron con un proyecto de Ficha Limpia, que modifica la ley electoral provincial y añade un artículo concreto.

El cambio normativo determina la inhabilitación para cargos electivos a “las personas condenadas penalmente por delitos dolosos de cualquier naturaleza, previstos en el Código Penal de la Nación o en leyes especiales, en virtud de sentencias dictadas por Juzgados o Tribunales del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, por Juzgados o Tribunales Nacionales, Federales o de otras provincias”.

Al respecto, el impedimento electoral regiría “aunque la sentencia no se encontrare firme y por el término previsto en el artículo 51 del Código Penal”.

Cabe recordar que Fernández de Kirchner está doblemente condenada en la Causa Vialidad, aunque su sentencia no se encuentra firma y aguarda el pronunciamiento de la Corte Suprema.

La propuesta parlamentaria que lleva la firma de los legisladores Maricel Etchecoin, Luciano Bugallo y Romina Braga también establece que los partidos políticos “no podrán registrar candidatos a cargos públicos electivos para las elecciones nacionales en violación a lo establecido en el presente artículo”.

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