La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionó este lunes de forma definitiva el proyecto de ley que modifica el artículo 2 de la Ley 15.386, correspondiente al Régimen Previsional Especial para oficiales y suboficiales combatientes de Malvinas. La iniciativa representa una histórica reparación al ampliar significativamente el universo de beneficiarios que podrán acceder a la jubilación a través del Instituto de Previsión Social (IPS).
La reforma legislativa modifica las condiciones de acceso e incluye a aquellos veteranos de guerra que debieron pedir la baja obligada por las secuelas físicas y psicológicas del conflicto bélico en el Atlántico Sur.

La normativa aprobada en la Legislatura bonaerense introduce cambios estructurales respecto al régimen anterior y establece nuevos parámetros de inclusión laboral y requisitos técnicos:
Nuevos beneficiarios: Suma a más de 400 excombatientes (oficiales y suboficiales) que solicitaron la baja o el retiro por lesiones y secuelas de la guerra entre los años 1983 y 1985.
Fin de la exclusión laboral: La ley anterior solo cubría a quienes habían continuado su carrera laboral dentro del Estado provincial. La nueva norma repara esto e incorpora a quienes no consiguieron empleo en el Gobierno bonaerense tras sufrir las consecuencias del conflicto.
Aportes mínimos: Para acceder al beneficio, los veteranos deberán certificar un mínimo de ocho años de aportes efectivos al IPS.
Monto del beneficio: El haber jubilatorio equivaldrá al 80% de la mejor remuneración percibida en el ámbito provincial, e incluirá la totalidad de los subsidios mensuales vigentes.

A pedido del Centro Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) La Plata, el texto final aprobado por los diputados bonaerenses sumó un artículo restrictivo clave para evitar que represores o militares con cuentas pendientes con la Justicia accedan al beneficio previsional:
Sin causas de lesa humanidad: Quedan expresamente excluidos los militares que hayan sido procesados o condenados por delitos de lesa humanidad, crímenes contra el orden constitucional o incumplimiento de deberes durante la guerra de 1982.
Asimismo, quienes soliciten esta jubilación especial deberán comprobar que su retiro no se debió a causas de rebeldía o condenas vigentes de tribunales federales, y se ratificó la incompatibilidad del cobro con cualquier otra prestación previsional otorgada de forma directa por las Fuerzas Armadas.
En la misma sesión, se dio luz verde al proyecto de ley que modifica las normativas 12.322 y 12.323. Estas leyes son fundamentales para la región, ya que rigen la creación del "Área Patagónica Bonaerense" y la "Zona Austral Desfavorable de la Provincia de Buenos Aires", garantizando beneficios promocionales y exenciones impositivas clave para el desarrollo de los distritos del sur provincial.