viernes 25 de septiembre de 2026 - Edición Nº4570

Policiales y Judiciales | 25 sep 2026

CABA

Ley Penal Juvenil: revocaron el fallo que sobreseyó a un menor de 14 años y apartaron a la jueza

La Sala III de la Cámara de Casación porteña dejó sin efecto la resolución de la magistrada Laura Beatriz De Marinis, quien había declarado la inconstitucionalidad de la baja de la edad de imputabilidad. El tribunal dispuso el apartamento de la jueza por considerar que "adelantó opinión".


La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó por unanimidad el fallo dictado por la jueza de primera instancia Laura Beatriz De Marinis, quien había declarado la inconstitucionalidad de la baja de la edad de punibilidad a los 14 años y dictado el sobreseimiento de un adolescente imputado por un intento de robo en Palermo.

El fallo del tribunal de alzada, firmado por los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca, ratificó la plena vigencia de la Ley 27.801 del Régimen Penal Juvenil, sancionada e implementada a principios de septiembre, la cual redujo la edad de imputabilidad en la Argentina de los 16 a los 14 años.

Apartamiento de la jueza y reinicio de la causa

Además de anular la resolución que libraba de culpa al menor, el tribunal porteño dio lugar al pedido impulsado por la fiscal de Cámara, Sandra Verónica Guagnino, y adoptó medidas inmediatas para el trámite del expediente:

  • Desplazamiento de la magistrada: Se ordenó apartar a la jueza De Marinis de la investigación al concluir que "adelantó opinión" de forma prematura al evaluar la relevancia penal del hecho y el grado de ejecución de la tentativa de robo.

  • Sorteo y continuidad penal: La causa será reasignada a un nuevo magistrado mediante un sorteo de la Cámara. Al quedar revocado el sobreseimiento del pasado 21 de septiembre, la Justicia habilitó la prosecución del proceso penal contra el adolescente de 14 años.

Los duros cuestionamientos de la Cámara al fallo de primera instancia

En el voto liderado por el camarista Ignacio Mahiques, la alzada desarmó los fundamentos con los que la jueza de grado pretendía invalidar la norma nacional aprobada por el Congreso:

  • Error entre reglas generales y particulares: La Cámara remarcó que De Marinis confundió las características específicas del episodio (un intento de robo sin lesionados y en contexto de vulnerabilidad del imputado) con la validez constitucional de la ley. Se aclaró que la vulnerabilidad social debe utilizarse para atenuar la pena o aplicar salidas alternativas, pero jamás para inaplicar una ley general.

  • Presunción errónea de cárcel: Los jueces cuestionaron que la jueza diera por sentado que el nuevo régimen implica la prisión automática del menor, omitiendo que la norma contempla instancias como mediación, medidas socioeducativas y suspensión del juicio a prueba.

  • Gravedad institucional: Por su parte, el camarista Jorge Franza fue tajante al señalar que la actuación de la jueza constituyó un hecho de "extrema gravedad institucional", recriminándole además haber ignorado la protección de los derechos de la víctima del delito.

Más Noticias