La Justicia federal dictó este viernes el sobreseimiento del presidente Javier Milei y de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en el marco de la causa penal iniciada tras el lanzamiento y difusión del token $Libra.
La resolución fue firmada por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 8, quien hizo lugar a la solicitud presentada por el fiscal Eduardo Taiano. De acuerdo con el fallo de primera instancia, los hechos denunciados "no encuadran en una figura legal" ni constituyen delito penal.
La decisión benefició también a otros nueve investigados, entre ellos Mauricio Novelli, Manuel Terrones Godoy y Hayden Mark Davis, quedando el expediente definitivamente cerrado ante la ausencia de querellantes habilitados para apelar.
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— ANDigital (@ANDigitalOK) March 16, 2026
La causa judicial tuvo su origen a partir de denuncias formuladas por presunta estafa e irregularidades tras el lanzamiento de $Libra, ocurrido el 14 de febrero de 2025. En aquella jornada, el jefe de Estado había publicado un mensaje en su cuenta oficial de la red social X promoviendo el proyecto y compartiendo la dirección del contrato del activo digital.
Según se reconstruyó en el expediente, la cotización de la criptomoneda trepó en pocos minutos de US$ 0,01 a un pico cercano a los US$ 5, para luego sufrir un colapso abrupto. Los denunciantes estimaron que un reducido grupo de billeteras virtuales retiró unos 100 millones de dólares, mientras que más de 40.000 compradores padecieron pérdidas de capital.
Para disponer el sobreseimiento, la fiscalía encabezó un análisis que incluyó pericias digitales, revisión de movimientos financieros, estudios de trazabilidad de operaciones en la red Solana y requerimientos de información a organismos de Estados Unidos.
En los fundamentos de su fallo, Martínez de Giorgi coincidió con la fiscalía en que no se logró probar un engaño penalmente relevante:
“La publicación presidencial pudo aumentar la visibilidad del proyecto e influir en la confianza de los compradores, pero esa circunstancia no acredita por sí sola una maniobra fraudulenta. No alcanza con demostrar la suba inicial del precio, su posterior caída y las pérdidas económicas: era necesario probar una falsedad concreta que hubiera inducido a los inversores a comprar el activo”, concluyó el magistrado.