La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes 29 de septiembre la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que mantenía frenada la derogación de la Ley de Tierras. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el tribunal dejó firme el artículo 154 del DNU 70/2023 impulsado por el presidente Javier Milei, removiendo los límites legales para la adquisición de superficies rurales por parte de extranjeros.
La decisión del máximo tribunal se basó en un estricto argumento procesal: determinó que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) —que había promovido el amparo inicial— carece de legitimación jurídica para litigar en nombre de toda la sociedad en esta materia.
La Corte aclaró que la soberanía territorial no puede ser considerada un "bien colectivo" bajo el artículo 43 de la Constitución Nacional y remarcó que este fallo no emite juicio sobre la constitucionalidad de fondo del decreto ni afecta las atribuciones del Congreso.
#Derrota 🏛️👎🏼 El oficialismo dio de baja el capítulo de venta de tierras y busca salvar la sesión en el Senado
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En una negociación de último momento, La Libertad Avanza decidió retirar del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada el capítulo 3, que modificaba el… pic.twitter.com/k89DNTS2v2
Con la suspensión de la Ley 26.737 (sancionada en 2011), caen los topes y prohibiciones operativas sobre el capital internacional:
Fin del tope general del 15%: Ya no rige el límite que impedía que más del 15% de la superficie rural nacional, provincial o municipal estuviera en manos de extranjeros.
Sin cupo por nacionalidad: Se elimina la restricción que prohibía que titulares de una misma nacionalidad poseyeran más del 30% del cupo permitido.
Límite en Zona Núcleo: Queda derogado el tope de 1.000 hectáreas por adquirente foráneo en las zonas agrícolas de mayor productividad del país.
Recursos estratégicos y fronteras: Quedan removidas las prohibiciones explícitas para comprar tierras que contengan o miren a cuerpos de agua permanentes (lagos, ríos, glaciares) o que se encuentren en zonas de seguridad de fronteras.
#Congreso 🏛️⚖️ Pírrica victoria del Gobierno: el Senado aprobó la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada
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Tras casi 12 horas de debate, el Senado de la Nación otorgó media sanción a la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada con 37 votos a favor y 33 en contra. Sin… pic.twitter.com/S1AjyxvqRy
El fallo cobra especial relevancia política tras los recientes traspiés del oficialismo en el ámbito legislativo. El Gobierno de Milei había intentado incluir la reforma de este régimen en el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
Sin embargo, ante la resistencia de gobernadores y la falta de votos en el Senado, la gestión nacional debió retirar por completo el capítulo sobre la extranjerización de campos. A partir de este pronunciamiento judicial, las medidas desreguladoras vuelven a cobrar plena operatividad a través de la vía del DNU.